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Señalan a activista por antisemitismo

El Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación del DF emite la primera opinión jurídica resolutiva contra Raquel Rodríguez, por "llamados al odio" contra la comunidad judía

Escrito en METRÓPOLI el

El Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal (Copred) emitió este miércoles la primera opinión jurídica resolutiva contra Raquel Rodríguez Martínez, integrante del Colectivo de Solidaridad con Palestina, por emitir "declaraciones antisemitas y llamados al odio contra la comunidad judía".

El pasado 22 de enero, en el marco de una conferencia realizada en el Posgrado de Derechos Humanos en la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM), organizada por el Colectivo Palestina Ya, titulada “Piden interrupción de las relaciones México-Israel”, Raquel Rodríguez declaró: “…Existe mucha literatura que dice que el holocausto fue una gran mentira; si hubieran matado a seis millones de judíos ya tuviéramos la suerte de que no hubiera judíos en este planeta…”
 
Los hechos fueron denunciados por el Colectivo Tribuna Israelita, el cual está en posibilidad de acudir al Ministerio Público a levantar una denuncia de tipo penal, que derivaría en una sanción de hasta tres años de cárcel y trabajo a la comunidad por discriminación, dijo Jacqueline L'Hoist, presidenta del Copred.
 
El consejo, después de valorar los hechos, determinó que Raquel Rodríguez incurrió en conductas antisemitas, hostiles por llamar al odio y discriminatorias en agravio de la comunidad judía y de la parte peticionaria, durante su intervención en la UACM en la que negó el holocausto.
 
A pesar de la resolución, el Copred no tiene facultades punitivas, poder vinculatorio, capacidad para sancionar, multar o castigar. Es un órgano muy similar a la Comisión de Derechos Humanos (CDH),  toma el caso, lo estudia y recomienda a la parte acusada no reincidir o en su caso respetar y no discriminar; es decir, su dictamen es prácticamente una amonestación pública.
 
El fundador de la comisión, Gilberto Rincón Gallardo, dijo en su momento que “el espíritu de la comisión nunca fue hacerla un organismo punitivo, pues eso sería la negación del propio espíritu de la no persecución; el Copred no persigue a los perseguidores, no discrimina a los discriminadores, no castiga,  trata de hacer conciencia al llamar la atención”.
 
Sin embargo, la comisión sí puede hacer que la recomendación se extienda para ser retomada por procuradurías, tribunales o a quienes tengan capacidad o incumbencia en el tema.
 
L'Hoist afirmó: “Lo que procede ahora es que con esta opinión jurídica el peticionario tiene la decisión de presentar ante las autoridades el resolutivo para proceder penalmente. Hay que recordar que en el Distrito Federal discriminar es un delito; así lo marca el artículo 206 del Código Penal y el Copred ya ha calificado la conducta como antisocial y discriminatoria”.