A partir de este 10 de septiembre las personas internadas en los Centros Penitenciarios de Ciudad de México por delitos de bajo impacto, mayores de 70 años de edad o si fueron víctimas de tortura durante el proceso legal podrán obtener la preliberación.
La jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, informó que este viernes a través de la Gaceta Oficial se publicó el decreto que corresponde al anunciado el pasado 25 de agosto por el presidente de la República, en el que a través de una análisis de los casos se podrá establecer si reúnen los requisitos para gestionar la preliberación.
Durante la conferencia de prensa, explicó que se hará un ajuste a este decreto para que esté con visión de género "dedicado a las mujeres que están privadas de su libertad y que hay injusticias o por que humanidad es importante que salgan".
Aseguró que van a orientarse principalmente a las mujeres pero que también los hombres están incluidos por lo que la próxima semana saldrán 40 presos de los cuales "ya tienen la posibilidad de salir liberados y que están en esta condición".
Gaceta Oficial 10-09-2021. Acuerdo: se instruye a Dependencias de la Admon Pública CDMX competentes para gestionar Solicitudes de Liberación de Personas Privadas de la Libertad a actualizar los supuestos previstos en Acuerdo Presidencial de 25 de agto 2021.https://t.co/br4HaGitjo pic.twitter.com/bCwXXQHSed
— ConsejeríaCDMX (@CDMXConsejeria) September 10, 2021
¿QUÉ DICE EL DECRETO DE LIBERACIÓN ANTICIPADA?
De acuerdo con la Gaceta Oficial las personas que podrán aplicar para la preliberación deberán tener 70 años o más, quienes hayan sido víctimas de tortura con la cuál se haya obtenido la única prueba incriminatoria o lo que se se encuentran en prisión preventiva sin sentencia.
La jefa de Gobierno explicó que va dirigido a quienes "cometieron delitos de bajo impacto o que no hayan sido sentenciadas, muchas de ellas con el sistema penal acusatorio anterior y que ya prácticamente hayan cumplido su condena".
Además están consideradas las personas que padecen una enfermedad crónico-degenerativa o terminal, independientemente del tiempo que le falte a su sentencia.
Los casos que quedan excluidos de la liberación anticipada son : los delitos de trata de personas, delincuencia organizada y secuestro entre otros.
(SAB)