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Proponen que inmobiliarias paguen cuotas de departamentos no vendidos

La iniciativa de Ley también propone permitir la celebración opcional de reuniones virtuales para Asambleas Generales o Extraordinarias

Escrito en METRÓPOLI el

La bancada de Morena en el Congreso local presentó una iniciativa para expedir la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles de la Ciudad de México, donde se propone que las inmobiliarias deben pagar las cuotas de mantenimiento, aún cuando los departamentos nuevos no hayan sido vendidos.

En el artículo 53, del capítulo segundo de dicha propuesta de Ley, se establece que “cada persona condómina y poseedora, así como los desarrolladores inmobiliarios por lo que respecta a las unidades de propiedad privativa que au´n no hayan enajenado, esta´ obligada a cubrir puntualmente las cuotas que para tal efecto establezca la Asamblea General”.

“El importe de las cuotas se establecera´ distribuyendo los gastos en proporcio´n al porcentaje de indiviso que represente cada unidad de propiedad privativa, salvo lo dispuesto en el Ti´tulo Quinto de esta Ley, referido a los condominios de intere´s social”, se puede leer en el texto.

La iniciativa fue propuesta en la sesión de este jueves, la diputada Valentina Batres Guadarrama de Morena, quien expuso que ésta pretende “establecer mejores condiciones para el establecimiento del régimen en condominio y se plantean los derechos de propiedad con base en los dispuestos por el Código Civil”.

La propuesta fue turnada a la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Urbana y Vivienda para su análisis y dictaminación.

REUNIONES VIRTUALES

La iniciativa de Ley propone permitir la celebración opcional de reuniones virtuales para Asambleas Generales o Extraordinarias.

Para que estas se puedan celebrar, la iniciativa de Ley señala que deberá existir constancia de las personas asistentes a la misma y de la aprobación de los acuerdos, “la cual podrá sustituir la firma física en el libro de actas”.

“Cuando se trate de Asamblea virtual, debera´ sen~alarse adema´s el medio o plataforma digital por la cual se celebrara´, la clave de acceso y el nombre de la persona que fungira´ como anfitrio´n de la reunio´n”.

cmo