Main logo

Propone alcalde de Azcapotzalco uso lúdico de la marihuana

Envía iniciativa al Congreso de la CDMX; busca que la Fiscalía “de la más baja prioridad" a la persecución de posesión simple y posesión sin fines de comercio

Escrito en METRÓPOLI el

El alcalde de Azcapotzalco, Vidal Villegas Morales envió al Congreso de la Ciudad de México una iniciativa con proyecto de decreto para permitir el uso lúdico de la marihuana.

La iniciativa propone reformar y adicionar disposiciones de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la CDMX, en materia de cannabis.

Los cambios sugeridos son una reforma a la fracción XXXII del artículo 3 de dicha legislación, sobre la reducción de riesgos y daños; entre otros.

Reducción de riesgos y daños

Se busca expandir este principio en la Ley con el fin de incluir “como primer y fundamental paso”, una separación de mercados  a medida que se garantice que la venta de cannabis se lleve a cabo “de la forma más segura y responsable”, apunta el documento remitido a la presidenta de la Mesa Directiva del Congreso capitalino. 

Argumenta que los daños asociados al consumo de la marihuana se deben al acceso hacia la sustancia, el cual se da “en un mercado negro peligroso, hoy dominado por la delincuencia organizada”.

Principio de interdependencia

Se trata de reconocer que el ejercicio del derecho a la salud no puede ser desvinculado del respeto a la autonomía y privacidad del individuo, así como de su derecho a la información.

“Partimos del supuesto de que en un Estado democrático liberal como el nuestro, el despliegue de la función estatal encuentra su límite en la autonomía de cada uno de los individuos, esto es, en su injerencia en las decisiones sobre su plan de vida -simpre y cuando no impliquen un daño a terceros-, entre las cuales se encuentra el tipo de atención médica escogida para atender sus padecimientos”.

Sistema de priorización de delitos

En referencia al artículo 32 de la ley en cuestión, y sugiere incluir al Programa de Persecución Penal, se pide que la Fiscalía General de la Ciudad de México “de la más baja prioridad a la persecución de delitos de posesión simple y posesión sin fines de comercio o suministro.

Principio de Oportunidad 

Apela a este concepto establecido en el artículo 21 de la Constitución, para que, conforme a las disposiciones normativas de cada Procuraduría, el Ministerio Público, pueda abstenerse de ejercer la acción penal con base en la aplicación de criterios de oportunidad.

Asimismo, señala que corresponde a la Fiscalía General de Justicia el establecer los lineamientos, protocolos y controles para la utilización de dichos criterios a través de la conformación de un grupo especializado que elabore un inventario de la clasificación de delitos y sus posibilidades de éxito de “alguna salida alterna” sobre los estatus jurídicos de delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo.


(djh)