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Pide Congreso acatar medidas contra apartar lugar en la calle

Desde botes, cubetas, piedras, llantas y troncos de árboles, entre otros objetos son usados cotidianamente para "apartar" estos espacios de estacionamiento

Escrito en METRÓPOLI el

La Comisión de Seguridad Ciudadana del Congreso local exhortó a la Ciudad de México a implementar acciones para retirar cualquier tipo de objetos para apartar estacionamientos en la calle, pues entorpecen el libre tránsito de personas y vehículos.

“Muchos capitalinos se ven en la necesidad de estacionar sus vehículos automotores en la vía pública, para lo cual colocan diferentes tipos de objetos para que otras personas no puedan ocupar ciertos espacios. Estos objetos no permiten el libre tránsito ni de los vehículos ni de las personas”, establece el acuerdo de dicha Comisión.

Desde botes, cubetas, piedras, llantas y troncos de árboles, entre otros son usados cotidianamente para "apartar" estos espacios de estacionamiento en la vía pública.

Los integrantes de ese grupo denunciaron que en los últimos años han notado un acelerado crecimiento urbano en la Ciudad, debido al gran número de densidad poblacional, lo que a su vez ha ocasionado el aumento en el número de vehículos.

Ello aunado a que cada vez son más limitados los lugares de estacionamiento en vía pública.

Explicaron que el ordenamiento jurídico en materia de vialidad prohíbe colocar objetos para reservar espacios en la vía pública, así como las medidas y sanciones para quienes realicen estas acciones, pero muchas personas no acatan estas prohibiciones.

Además de obstruir los espacios “que son de todos y para todos”, también violan el derecho de las personas al libre tránsito, asentaron en el acuerdo que turnaron a la Comisión de Límites Territoriales del Congreso capitalino para ampliar los conceptos.

El artículo 34 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México establece que está prohibido colocar o instalar cualquier objeto o señalización para reservar espacios de estacionamiento en la vía pública sin la autorización correspondiente.

De igual manera, el artículo 28 de la Ley de Cultura Cívica establece como infracción impedir o estorbar, de cualquier forma, el uso de la vía y el espacio público, la libertad de tránsito o de acción de las personas cuando no exista permiso ni causa justificada para ello.

A quien sea que se le sorprenda apartando la calle, se le puede levantar una denuncia en el CESAC correspondiente a su alcaldía (Foto: Cuartoscuro)

(Ameyaltzin Salazar)