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“Me corrieron en medio de la pandemia y sin darme toda mi liquidación”

Sofía tendrá que lidiar con la emergencia sanitaria sin empleo y con recursos muy limitados

Escrito en METRÓPOLI el

La empresa donde trabajaba Sofía llevaba meses difíciles, desde noviembre del año pasado sumaba proyectos sin terminar y los recortes comenzaron a aparecer.  

“De repente sólo veía que alguien tomaba sus cosas y se iba sin decir nada”, dice Sofía en entrevista con La Silla Rota.

La mujer de 27 años trabajaba como coordinadora el Área de Comunicación Interna de Responsabilidad Social en una Consultoría de Tecnología ubicada en la colonia del Valle, alcaldía Benito Juárez. 

A mediados de marzo, en la empresa le informaron que ella y la mayoría de sus compañeros comenzarían a hacer “home office” debido a la propagación de la pandemia de coronavirus (covid-19) en México. 

Sin embargo, una semana después, la encargada de Recursos Humanos le informó que ese el día siguiente sería su último día. 

“Me llamó y me dijo ‘oye, mañana va a ser tu último día’ [...] Era algo que ya se veía venir, pensé que mi área iba a durar un poco menos”, confiesa Sofía.

Además, la empresa sólo se comprometió a pagarle 60 de los 90 días de salario que tiene que pagarle por liquidación a Sofía y lo harán en tres pagos mensuales.

 

La mujer de 27 años relata que, si bien el argumento de su despido no fue la pandemia, sí lo hicieron en el peor momento, pues no ante la emergencia sanitaria será dificil conseguir trabajo y, como esta todo cerrado, le será díficil interponer una queja por su liquidación incompleta. 

“Sí pensé en ir a las autoridades porque no me van a dar toda mi liquidación, pero todas las instancias para hacerlo están cerradas o detenidas, sería perder más tiempo del que tengo ahorita y utilizar dinero para esas denuncias. Si vale la pena hacerlo, pero no es el momento, es un desgaste extra que no necesito”

Para Sofía, la empresa se están aprovechando de la situación para despedir personal y pagar menos liquidaciones que las que corresponden por ley.

Con una semana sin empleo, sabe que las siguientes semanas serán las difíciles. Sofía vive solo con su madre de 61 años, quien tuvo que cerrar su negocio ante el coronavirus y al ser parte del grupo de riesgo.  

Actualmente están viviendo con lo de su liquidación y ahorros, no saben cuánto tiempo les va a durar el dinero. 

“Ahorita no puedo hacer mucho, entonces no sirve de nada estresarme, va a pasar y vamos a estar bien, sólo hay que seguir las medidas”.

Ante este panorama, el gobierno federal ha asegurado que los trabajadores no pueden ser despedidos en medio de la emergencia sanitaria, ni recibir nada o menos de su salario habitual, pero ¿es cierto?

Expertos consultados por La Silla Rota aseguran que la administración de Andrés Manuel López Obrador ha sido ambigua e irresponsable en este rubro provocando incertidumbre tanto a patrones como empleados. 

Luis Monsalvo, académico del departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana (Ibero), así como socio director de Monsalvo Abogados, y Jorge Sales Boyoli, socio director del despacho Sales Boyoli y presidente del Comité de Derecho Laboral de la Asociación Nacional de Abogados de Empresas, explicaron los escenarios legales ante la pandemia. 

Salario mínimo por contingencia

El primer escenario, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, es que, ante una declaración de contingencia sanitaria, el patrón está obligado a suspender la relación laboral de forma temporal con sus trabajadores y pagar una indemnización equivalente a un día de salario mínimo por cada día que dure la contingencia.

El problema de este escenario, referido en los artículos 42, 427 y 429 de la legislación federal, es que el Consejo de Salubridad General no declaró contingencia sanitaria, sino emergencia sanitaria, generando confusión. 

“Esto genera que se empiece dar la interpretación, la gente pregunta ¿emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor es lo mismo que la declaración de contingencia sanitaria? la respuesta es, en perspectiva del gobierno federal, no y lo hicieron plenamente conscientes de ello, para que lo empleadores no paguen solo el salario mínimo por un mes”, explica Monsalvo. 

El socio director de Monsalvo Abogados recuerda que, cuando se dio la declaratoria de emergencia sanitaria, el canciller Marcelo Ebrard fue cuestionado sobre si aplica el artículo de la Ley Federal del Trabajo que permite mandar a los trabajadores un mes a su casa con salario mínimo, él respondió que no, porque la declaratoria fue hecha por causas de fuerza mayor advirtiendo que las empresas que hagan eso van a perder.

Para Jorge Sales Boyoli, más allá de la palabra contingencia o emergencia, el hecho es que es una declaración de contingencia para todos los efectos legales.

“Si creo que el gobierno se cuidó de no utilizar la palabra textual que establece la Ley Federal del Trabajo, pero me parece que esa estrategia es muy pobre desde el punto de vista jurídico[...] se cumplen con todas las condiciones de la contingencia sanitaria más allá de cómo la quiera denominar el gobierno”, sentencia Sales Boyoli.

Por causas de fuerza mayor 

El segundo escenario, explicar los expertos, es que se da suspensión laboral por causas de fuerza mayor. El artículo 427 y 429 de la Ley Federal del Trabajo refiere que el patrón dará aviso de la suspensión de labores a la junta de conciliación, quien aprobará o no dicha suspensión, para luego fijar una indemnización que deba pagarse a los trabajadores.

El problema, coinciden tanto Monsalvo como Sales Boyoli, es que actualmente los juzgados y las juntas de conciliación están cerradas. 

“Esta es otra salida que la misma ley prevé y que la autoridad, al inventar esta definición de emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor, abrió la caja de pandora”, dice Sales Boyoli.

La situación empeora ante el nulo apoyo del gobierno federal al sector empresarial.

“Cuando se le ha preguntado al presidente ha dicho ‘es momento en que los empleadores sean solidarios’, pues sí, pero las empresas están viendo cómo sobrevivir, no por sus utilidades”, precisa Monsalvo. 

El socio director de Monsalvo Abogados advierte que la posición del gobierno es dejar toda la responsabilidad a los empresarios y hacerlo ver como los villanos de la historia.

“Su posición es: tienes que estar en tu casa y recibir el salario íntegro. Está bien si piensas en las grandes empresas, pero debes considerar que en México el 80% de la fuerza empresarial son medianos y pequeños empresarios, ellos tienen que cargar el costo de no vender, no producir, no comercializar, pero sí de pagar salarios enteros”, asegura Monsalvo.

Despidos 

En cuanto a los despidos en medio de la emergencia sanitaria, Sales Boyolio dice que un empleador siempre tiene el derecho de prescindir de los servicios de un trabajador, de lo que no tiene derecho es de no indemnizarlo con tres meses de sueldo más 20 días por cada año que laboró. 

Ambos abogados coinciden en que lo mejor es llegar acuerdos entre empleados y trabajadores para salvaguardar las fuentes de trabajo y todos puedan sobrevivir a la pandemia de coronavirus.