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Hasta 5 años de cárcel por obligar a terapias de conversión en CDMX

La sentencia será mayor para quienes obliguen a los menores de edad o con alguna discapacidad a tomar terapias de conversión

Escrito en METRÓPOLI el

En la Ciudad de México a partir del 31 de julio, quien imparta u obligue a otra persona a tomar las llamadas terapias de conversión podrá recibir hasta 5 años de cárcel.

La Gaceta Oficial de CDMX publicó este jueves 30 de julio que este delito será perseguido de oficio y en caso de que el agraviado sea un menor de edad o presenten alguna discapacidad la pena "se aumentará en una mitad ".

Las personas que sean acusadas ante las autoridades por impartir o obligar a cualquier otro a someterse a "sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tenga por objeto anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona" podrán ir a la cárcel por un periodo de dos a cinco años, además deberán cumplir entre 50 y 100 horas de trabajo comunitario.


El Código Penal de la capital fue modificado en sesión extraordinaria por los diputados locales el pasado 24 de julio, en el que tipificaron como delito este tipo de prácticas que atentan contra la libertad de las personas de ejercer su orientación sexual libremente.

La comunidad LGBT+ mostró su apoyo ante la aprobación del dictamen sobre la tipificación de los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual en la ciudad.

(Sharira Abundez)