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En CDMX, proponen que delitos sexuales cometidos a niños no prescriban

También presentó una iniciativa para combatir la corrupción entre servidores públicos

Escrito en METRÓPOLI el

El Congreso de la Ciudad de México recibió para su discusión este martes dos iniciativas de reforma al Código Penal de la Ciudad de México propuestas por la jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum: que los delitos sexuales cometidos a personas menores de 18 años no prescriban y una reforma en materia de corrupción.

En la exposición de motivos de la primera iniciativa se argumenta que es “evidente la necesidad de robustecer la protección a niñas, niños y adolescentes en virtud de las condiciones de vulnerabilidad que pueden sufrir por la propia situación etaria”.

Reconoce que parte de la problemática que obstaculiza a las autoridades competentes para investigar y sancionar consiste en que la comisión de estos delitos es de realización oculta, “por lo que es prioritario fortalecer la normatividad jurídica que garantice la persecución por el Estado de manera permanente de estos tipos penales”.

Estos tipos penales son estupro, incesto, violación, abuso sexual, acoso sexual, corrupción de personas, turismo sexual, pornografía, trata de personas y explotación laboral de menores de edad.

Actualmente, el artículo 108 del Código establece que durante el tiempo en que las víctimas son menores de edad no transcurre la prescripción, pero cuando alcanzan la mayoría de edad comienza a operar en su contra el tiempo para ejercer acciones en contra de sus agresores.

“Es necesario analizar los efectos del hecho victimizante en las personas ya que la falta de conocimiento, apoyo, recursos económicos y/o fortalecimiento para acudir ante las autoridades competentes a denunciar el hecho no se alcanza al momento de cumplir la mayoría de edad, quedando la víctima en una notable desventaja en relación a su agresor, quien por el simple transcurso del tiempo pudiera quedar en impunidad”.

La iniciativa señala que el hecho que los delitos sexuales cometidos a menores de edad no prescriban propicia que el Estado tenga mayor margen de actuación para la persecución y sanción de los delitos, atendiendo a las víctimas con calidad, calidez, dignidad, respeto a los derechos humanos.

Esta iniciativa deroga la fracción VI del artículo 108 y adiciona la tercera fracción al artículo 111 del Código Penal para el distrito federal.

ES BUENA NOTICIA LA PROPUESTA DE REFORMA PARA QUE NO PRESCRIBAN DELITOS SEXUALES CONTRA NIÑOS

La antropóloga y psicoanalista, estudiosa de las agresiones sexuales contra menores, Elena Azaola, consideró conveniente que se reforme el Código Penal para que no prescriban los delitos de carácter sexual contra la infancia. La ex integrante del Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del entonces Distrito Federal, indicó que aunque la medida podría parecer contraria a los derechos humanos, en este caso se justifica porque los agresores sexuales cometen actos de este tipo de manera repetida.

“Sí está bien que se persiga el delito sin que haya prescripción para evitar que estas personas sigan cometiendo este tipo de acciones. Este tipo de agresores lo hacen repetitivamente; ahí tenemos los casos de los sacerdotes a quienes únicamente cambian de parroquia y siguen incurriendo en agresiones contra los niños y las niñas”, apuntó la también integrante del Centro de Investigación y Estudios Superiores de Antropología Social. 

A su vez, el director de la Red Mexicana por los Derechos de la Infancia en México, (Redim), Juan Martín Pérez García, consideró una buena noticia la modificación al Código Penal para eliminar la prescripción de los delitos de abuso, violación y estupro cometidos contra menores. 

Dice que se trata de un pendiente de hace tiempo. Sin embargo, consideró que el problema es que ese tipo de delitos, cuando ocurre en el ámbito familiar y privado, no se denuncia. 

“Son pocas denuncias y malas investigaciones, entonces hay pocas sentencias. No va a cambiar la procuración de justicia que es deficiente si el poder judicial no garantiza sentencias. Ahora mismo en delitos sexuales, de cada 100 carpetas de investigación donde niños o adolescentes son víctimas, sólo 3 alcanzan sentencia. Es una buena idea pero no tiene gran posibilidad de concretarse en cambios efectivos”.

INICIATIVA PARA COMBATIR LA CORRUPCIÓN

La segunda iniciativa presentada por Sheinbaum es para reformar el Código Penal local en materia de corrupción. Consiste en la modificación del título Décimo Octavo del segundo libro, así como el artículo 256, se adiciona un párrafo tercero al artículo 114 recorriéndose al subsecuente, el título Décimo Octavo bis y el artículo 256 bis y se deroga el último párrafo del artículo 256 bis del Código Penal para el Distrito Federal.

Con estas modificaciones, la iniciativa señala en el artículo 114 que en los actos de corrupción cometidos por personas servidoras públicas se interrumpirá la prescripción cuando el indiciado se sustraiga a la acción de justicia.

El artículo 256 establece que las penas se incrementarán en un tercio cuando el delito de corrupción en cualquiera de sus modalidades sea cometido a gran escala, “es decir, tratándose de servidores públicos que tengan el cargo de Director General, similar, de mayor jerarquía o aquellos que obtengan su cargo por voto popular o plurinominal”.

Además, se decomisarán todos los objetos, productos e instrumentos del delito obtenidos.

En tanto, para los delitos de corrupción previstos en los títulos Décimo Octavo, Décimo Octavo bis, Décimo Noveno y Vigésimo del Libro Segundo del presente Código, el plazo para la prescripción se contará a partir de que la autoridad tenga conocimiento de los hechos investigados.


(cmo/Sharira Abundez)