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Diputado de Morena sesiona vía zoom manejando

“Es que fui a donar sangre”, argumenta en entrevista con La Silla Rota

Escrito en METRÓPOLI el

El diputado Emmanuel Vargas de Morena participó en una sesión del Congreso de la Ciudad de México vía zoom mientras manejaba por la Ciudad de México.

En entrevista con La Silla Rota, Vargas explicó que la sesión del Congreso inició cuando regresaba de donar sangre en el Hospital Tacuba para un compañero que requería 6 donadores.

"Efectivamente cometí una infracción y deberé cumplir con mi responsabilidad, el hecho es que fui a donar sangre y no tengo quién me lleve; nadie más podía manejar, no tengo chofer".

El diputado señaló que cumplir con sus deberes en el Congreso era parte primordial por lo que al empalmarse la salida tuvo que conectarse y señaló que la situación ya fue dialogada con sus compañeros de la fracción parlamentaria.

Manejar y utilizar el celular, falta a reglamento de tránsito

En el artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México utilizar celular o pantallas que generen una distracción al conductor no está permitido, por lo que la sanción contempla de 30 a 35 veces La Unidad de Medida y Actualización más 3 puntos de penalización en la Licencia de Conducir.

En el caso de Vargas, éste comentó con La Silla Rota que no ha sido notificado de la infracción hasta el momento.

Otros casos de diputados sesionando y manejando

Sin embargo, el caso del diputado de la Ciudad de México no es el único que ha ocurrido en el país.

Las diputadas locales Norma Merino Escamilla y Mónica Lara Chávez, ambas del Partido Encuentro Social (PES), violaron el reglamento de tránsito de Puebla al participar en la Sesión Pública Ordinaria del Congreso local conducían su automóvil.

Durante la sesión virtual ninguno de sus compañeros diputados les señaló que estaban cometiendo una infracción al reglamento de tránsito.

En la ciudad de Puebla conducir un vehículo usando cualquier instrumento que pueda causar distracción se multa con entre 695.04 y 1,042.56 pesos. El artículo 294 del Capítulo 10 del Código Reglamentario Municipal, referente a Seguridad Vial y Tránsito Municipal, señala que está prohibido.

fmma