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Así va el plan de Morena para frenar los megaproyectos en la CDMX

En el Congreso capitalino buscan reformar la ley para evitar que la Seduvi conceda permisos de manera discrecional

Escrito en METRÓPOLI el

Morena y su aliado, el Partido Encuentro Social (PES), promueven en el Congreso de la Ciudad de México reformas a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a fin de frenar los megaproyectos inmobiliarios que -valiéndose de figuras como los polígonos de actuación,  cambios de uso de suelo y transferencia a de potencialidades-  no respetan las alturas permitidas y las reglas de zonificación. 

A través de un proyecto presentado por el diputado José Aboitiz, se pretende reformar la legislación vigente para que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) no sea la única dependencia que resuelva sobre permisos de construcción, sino que se involucren otros entes como la Procuraduría Ambiental y las alcaldías. 

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Sobre este particular se argumenta que:  “Ha existido una discrecionalidad, por parte de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda,  al momento de autorizar un Polígono de Actuación, toda vez que permite de forma descomunal alturas fuera de la realidad,”. 

En este contexto, además se propone que se consulte a los vecinos de los desarrollos con impacto urbano, la  viabilidad de su ejecución.

 

EL ABC DE LA PROPUESTA 

--La iniciativa busca adicionar un artículo 76 a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, para darle voz y voto a la ciudadanía y para que diversas dependencias del gobierno de la Ciudad, intervengan con sus opiniones para autorizar la constitución de un polígono de actuación. 

Esas dependencias que estarían involucradas serían:  la Secretaria del Medio Ambiente, Sistema de Aguas de la Ciudad de México, Secretaria de Obras y Servicios, Secretaría de Movilidad, Secretaria de Protección Civil, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, así como la alcaldía en dónde se busque construir un complejo inmobiliario. 

Dichas Autoridades tendrían que emitir sus opiniones en un término de treinta días hábiles, contados a partir da la recepción de la solicitud de opinión.

--También se propone adicionar el Artículo 93 Bis, para determinar que se deberá  recabar la opinión favorable de las personas vecinas de la colonia, barrio o pueblo donde se encuentre el predio o inmueble relativo a proyectos que requieren dictamen de impacto urbano o impacto ambiental positivo y que se encuentren en los siguientes casos:

1) Proyectos de vivienda con más de 10 mil metros cuadrados de construcción

2) Proyectos de oficinas, comercios, servicios, industria o equipamiento con más de 5 mil metros cuadrados de construcción;

3) Proyectos de usos mixtos (habitacional, comercio, servicios o equipamiento) con más de 5 mil metros cuadrados de construcción.


EMR