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Así será el proceso para destituir a Rigoberto Salgado

En La Silla Rota te explicamos el procedimiento para llevar a cabo la remoción del cargo, que fue solicitada ante la ALDF, del delegado de Tláhuac

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Escrito en METRÓPOLI el

CIUDAD DE MÉXICO (La Silla Rota).- La Asamblea Legislativa de la Ciudad de México inició el procedimiento de remoción del jefe delegacional de Tláhuac, Rigoberto Salgado, luego que en la comparecencia ante la Comisión de Gobierno, el diputado del PRD, Iván Texta solicitara la destitución. 

El procedimiento será a través de la Comisión Jurisdiccional, de conformidad con el artículo 77 de la Ley Orgánica de la ALDF, misma que se integrará según lo disponga la Comisión de Gobierno y deberá reflejar la pluralidad y proporcionalidad de los grupos parlamentarios representados en la Asamblea.

El pasado tres de agosto, el legislador Leonel Luna Estrada, presidente de la Comisión de Gobierno de la ALDF, instruyó a través de un oficio a la Comisión Jurisdiccional reunirse para iniciar formalmente el procedimiento de destitución del titular de Tláhuac, lo anterior con fundamento en los artículos 42 fracción XXVII y 108 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 42 fracción IV, 76, 77 y 78 de la Ley Orgánica de la ALDF. 

La Comisión Jurisdiccional sesionará cuando se presente una solicitud de remoción, denuncia o propuesta y se podrá por oficio citar a los servidores públicos relacionados con alguno de los procedimientos, así como a los particulares que puedan aportar información relevante con motivo de alguno de los procedimientos.

Jesús Armando López Velarde Campa, presidente de la Comisión Jurisdiccional de la ALDF, informó que esta semana comenzará la integración de expedientes que sustentarán las acusaciones sobre diversas irregularidades denunciadas en contra de Rigoberto Salgado Vázquez, delegado de Tláhuac, y que podrían determinar la remoción de su cargo. 

El también coordinador del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano en la ALDF, informó que en breve llamará a reunión a los integrantes de esta Comisión, a quienes corresponderá recibir y analizar la documentación sobre las supuestas irregularidades en la gestión de delegado. 

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“Vamos a establecer la ruta crítica iniciando con la integración de expedientes con la información que se remita tanto del gobierno de la Ciudad de México como de dependencias federales, y la de la propia delegación”, aseguró López Velarde.

Señaló que la ALDF también analizará la procedencia de la solicitud de remoción y adelantó que probablemente se convoque al jefe delegacional en Tláhuac para que presente todas las pruebas que tenga a su favor, con el fin de respetar su garantía de audiencia. 

Para la audiencia, agregó el diputado, el delegado tiene el derecho a decidir que sea?presencial o por escrito. 

Para el desahogo de pruebas, la Comisión Jurisdiccional se reunirá para el análisis de la contestación de la solicitud formulada, así como para la aceptación de las pruebas ofrecidas por las partes, emitiendo el acuerdo admisorio de éstas.

Una vez desahogadas las pruebas en su totalidad y declarado cerrado el periodo probatorio, la Comisión hará saber a las partes en el procedimiento, según corresponda, el día, hora y lugar para la presentación por escrito de sus alegatos, y en caso de que las partes no los presenten, se entenderá que renuncian a ese derecho.

Una vez que la Comisión Jurisdiccional analice la información, entregará el dictamen, y?serán los integrantes de la VII Legislatura los que votarán ante el Pleno si procede la destitución, con el voto de las dos terceras partes de los diputados. 

De acuerdo con el el artículo 108 del estatuto del gobierno de la ciudad, que  señala entre las causas de remoción de un jefe delegacional pueden proceder por violaciones sistemáticas a la Constitución, al Estatuto o a las leyes federales y del Distrito Federal (fracción I) o por realizar cualquier acto o incurrir en omisiones que afecten gravemente el funcionamiento de la administración pública del Distrito Federal o el orden público en la Entidad (fracción III).

La destitución puede llevarse a cabo por acción, si se acredita el vínculo entre el jefe delegacional y Felipe de Jesús Pérez Luna “El Ojos”, o bien por omisión, si se comprueba que personas con vínculos cercanos a este sujeto se encontraban trabajando en la demarcación, y Salgado no realizó acción en contra de ellos.

César Cravioto, líder de la bancada de Morena en la ALDF, expresó que primero se realizó el show político, al hacer referencia a la comparecencia del pasado 2 de agosto. 

“Nosotros decíamos que se hiciera primero lo jurídico y en esta fase sale que tiene que haber un procedimiento en la Asamblea, nosotros ya valoraríamos, pero no, ellos empezaron primero por el show y después por lo jurídico, cuando debería ser al revés si es que se quiere llegar a la verdad y no solo golpeteo político”.

fmma