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Reforma a Ley de reconstrucción corrige errores: Remes y Cravioto

El Fideicomiso de Reconstrucción busca comercializar los departamentos adicionales para financiar el proyecto

Escrito en METRÓPOLI el

Las modificaciones a la Ley de Reconstrucción que se votarán este 19 de junio en el periodo extraordinario del Congreso de la Ciudad de México servirán para cambiar la forma de financiar la reconstrucción de las viviendas de más de 60 metros, y retomar la participación del gobierno en la comercialización de los inmuebles adicionales que se deriven de la redensificación.

Se busca también que sea el Fideicomiso de Reconstrucción el que comercialice los departamentos adicionales para financiar la reconstrucción de los que rebasan los 60 metros, sin cargo para los damnificados por el sismo de septiembre de 2017.

Además, se retoma la redensificación para distribuir la misma superficie de edificación preexistente. “En este caso las personas damnificadas cederán un porcentaje de la superficie edificable que les corresponde con el fin de construir viviendas adicionales con inversión pública y privada”, de acuerdo con la propuesta de reforma al inciso B del artículo 26, contenido en el dictamen.

Además, el dictamen elaborado por la Comisión de la Reconstrucción permitirá comercializar publicidad en las vallas de los inmuebles habitacionales, para obtener recursos para la reconstrucción.

SE MODIFICARÁ LO MODIFICADO

Las modificaciones a la Ley de Reconstrucción que se votarán este 19 de junio en el periodo extraordinario del Congreso de la Ciudad de México, servirán para corregir lo que se modificó en marzo de 2019 por los mismos legisladores, que a su vez corrigieron la Ley de Reconstrucción elaborada por la extinta Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a fines de 2017, como parte de los instrumentos jurídicos que se hicieron para comenzar la edificación de los inmuebles dañados o derruidos durante el sismo del 19 de septiembre de aquel año.

De acuerdo con el ex coordinador de la desaparecida Autoridad del Espacio Público, Roberto Remes, la ley retoma la participación del gobierno para meter orden y que sea el fideicomiso de Reconstrucción el que comercialice hasta 35 por ciento de redensificación de los inmuebles de la ciudad.

“Lo que cambia es que el especulador del 35 por ciento sea el gobierno pero que no entre en el patrimonio de la ciudad para manejarse con más libertad y todo a través del fideicomiso. Lo que noto es que buscan ellos facilitarse las cosas, deben haber encontrado alguna complicación en el uso del 35 por ciento porque ese porcentaje de densidad adicional no tiene un instrumento para que aterrice”, explicó.

“Seguramente lo que tratan de hacer es que se tome la decisión a rajatabla y quien venda el departamento sea el fideicomiso y el dinero de los departamentos adicionales se abona en la cuenta común y se asigna para dar los acabados o terminar la obra de los departamentos de los damnificados”, agregó

HABÍA AMBIGÜEDAD

Por su parte el Comisionado de Reconstrucción, César Cravioto explicó a La Silla Rota que el tema de redensificación incluye que se pueda comercializar 35 por ciento más sobre lo que estaba construido en los inmuebles afectados, y ya no el 35 por ciento por cada departamento, porque eso hacía difícil comercializar lo adicional.

Ejemplificó con el caso de departamentos en la Condesa de 180 metros, construidos en épocas donde las familias eran muy grandes, entonces su comercialización se complicaba.

“Había quedado ambiguo el tema de la comercialización y ya quedó más claro cómo comercializarlos. Pero desde la ley anterior se aprobó. Ya venía el 35 por ciento y no lo modificamos. Lo que modificamos es que fuera el 35 por ciento del total construido, porque antes decía el 35 por ciento de departamentos y de pisos”, señaló.

“Teníamos proyectos donde iba a ser inviable la venta de los departamentos para que fuera el 35 por ciento de lo construido y eso nos permite jugar con el tamaño de los departamentos”, añadió.

PUBLICIDAD PARA RECONSTRUIR

Otro elemento nuevo es que los vecinos podrán comercializar con publicidad las vallas que rodean las unidades habitacionales, para obtener recursos para la reconstrucción.

Al respecto, Remes consideró que será poco lo que se obtenga de este esquema, porque sólo podrán colocar publicidad en los tapiales, por obvias razones no se podrá hacer en espectaculares, pero además no todos los inmuebles de unidades habitacionales están en avenidas para ser atractivos para la publicidad.

“Son muy pocos los alineados en avenidas, de mil damnificados quizá sólo 50 podrían explotarlo”, consideró.

Por su parte el comisionado de la Reconstrucción dijo que la ley se modificó para incluir también la posibilidad de comercializar espacios porque la Ley de publicidad exterior permite meter publicidad donde hay obras.

“Esa parte no estaba reglamentada en el tema de la reconstrucción”.

Aunque el tema de la reconstrucción es una prioridad para el gobierno de la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, Cravioto expresó que “de todos modos hay que buscar la manera de obtener los mayores recursos posibles”.

CRITICAN DICTAMEN

Para el integrante del movimiento Damnificados Unidos, Israel Ballesteros, el dictamen regresa al esquema del anterior jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera que proponía que una de las posibilidades de la reconstrucción es que los damnificados debían ceder un 35 por ciento de su propiedad para que se comercialice, tal como viene en el inciso B del artículo 26 de la reforma que se votará este 19 de junio, a 33 meses del terremoto.

Respecto a la posibilidad de comercializar los tapiales de los inmuebles, lo atribuyó a que el Fondo de Reconstrucción ya no tiene dinero y están buscando de dónde obtener financiamiento.

“Es algo a lo que ni Mancera se atrevió: utilizar nuestros inmuebles afectados y en los que no hemos podido vivir ni darles ningún uso por casi tres años, para que se coloque publicidad y recaudar recursos para el gobierno. Algo pasa que ya no tienen dinero en el Fondo para la reconstrucción y ahora están viendo de dónde obtener financiamiento”, concluyó.

LAS MODIFICACIONES

La modificación del artículo 26 contiene lo siguiente:

b) La redensificación necesaria para distribuir la misma superficie de edificación preexistente. En este caso las Personas Damnificadas cederán un porcentaje de la superficie edificable que les corresponde con el fin de construir viviendas adicionales con inversión pública o privada.

Ambos mecanismos se detallarán en el Plan Integral para la Reconstrucción de la Ciudad de México y se garantizará la opción más adecuada para las personas damnificadas.

Las personas damnificadas que elijan la opción a que se refiere el inciso a), deberán hacer la donación de dicho porcentaje a la Ciudad de México, cuando se trate de inversión pública, para su posterior comercialización y venta por parte de esta. Los recursos que por tal concepto se obtengan, deberán aportarse finalmente al fideicomiso.

La administración, donación, comercialización, y venta, entre otros, relacionados con los inmuebles resultantes del incremento hasta del 35 por ciento, reconstruidos con inversión pública, se realizarán sin que sean aplicables las disposiciones del régimen patrimonial y del servicio público y de la normatividad que derive de dicho ordenamiento legal.

Los actos y actividades mencionados en el párrafo que antecede serán realizados por la Ciudad de México, a través de la Comisión, el Fideicomiso para la Reconstrucción, La Secretaría de Administración y Finanzas, o el ente público que se designe para tal efecto, en los términos establecidos en el Plan Integral para la Reconstrucción de la Ciudad de México.

Las personas damnificadas propietarias en coordinación con la Comisión podrán destinar los inmuebles multifamiliares en proceso de obra como espacios publicitarios con el objetivo de obtener recursos complementarios. Este mecanismo de coordinación se detallará en el Plan Integral para la Reconstrucción de la Ciudad de México.

(Sharira Abundez)