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Liberan a 5 presuntos escoltas de "El Mini Lic"

Se trata de cinco presuntos escoltas de "El Mini Lic", quienes abandonaron esta madrugada el Reclusorio Sur

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Cinco presuntos escoltas de Dámaso López Serrano, alias El Mini Lic, hijo del ya detenido Dámaso López Núñez, uno de los líderes del Cártel de Sinaloa, fueron liberados por una jueza federal que consideró inverosímil el informe policiaco de las capturas y señaló que es muy probable que hayan sido aprehendidos en un allanamiento sin orden judicial.

María Elena Cardona Ramos, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur, les dictó el auto de no vinculación a proceso e instruyó a la Procuraduría posibles hechos de tortura contra los presuntos escoltas de El Mini Lic.

Se trata de los sinaloenses Ramón Arrellanes Almazán, Juan Enrique Rodríguez Acosta, Jesús Alejandro y Trinidad Francisco García Parra, así como el jalisciense Jorge Tovar Calleros, quienes salieron por la madrugada del Reclusorio Sur.

La Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) los había acusado de delitos contra la salud en la modalidad de posesión con fines de comercio, portación y posesión de arma, así como posesión de cartuchos y cargadores, todos de uso exclusivo del Ejército.

El pasado 4 de mayo, los agentes de la Policía Federal Ministerial (PFM) aseguraron 4 kilos 920 gramos de metanfetamina, 12 gramos de cocaína y 805.7 gramos de una mezcla de cafeína con metanfetamina, así como de un 2 armas largas, 2 cortas, 160 cartuchos útiles, 2 granadas, un lanzagranadas y 8 cargadores, a las personas que hoy salieron libres.

En su informe, detallaron que los presuntos criminales los amenazaron y luego corrieron al interior del inmueble de Almenas 85 y dejaron por la puerta abierta, lo que causó que los policías los persiguieran, en el interior realizaron los decomisos antes citados.

Debido a lo anterior, la jueza concluyó que no existió una agresión real o inminente que pusiera en peligro la vida de los uniformados, por lo que no se justifica que ingresaran al domicilio sin orden de cateo.

La jueza también prevé aún si les hubieran disparado, la agresión habría terminado al momento de huir, conforme a las excepciones que marca la norma vigente.

(Con información de Reforma)

lrc