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Ley de Amnistía, para preservar vida no liberar delincuentes: Menchaca

El legislador Julio Menchaca reconoció que la ley se aprobó con premura debido a que ya estaba la fase dos de la pandemia

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- El senador Julio Menchaca Salazar sostuvo que el objetivo de la Ley de Amnistía, publicada el 22 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF), no es liberar criminales sino proteger la vida de la población carcelaria y evitar la propagación del covid-19 en los penales, por lo que instó a los congresos locales a analizar y avalar la legislación homóloga en sus estados.

Aquí hay que considerar el bien mayor, posiblemente usted, yo, si fuimos sujetos de algún robo a casa habitación y desde luego que nos sentimos molestos, lastimados, pero el bien superior que contemplan los derechos humanos es la vida, la integridad de las personas”.

El planteamiento del presidente Andrés Manuel López Obrador contempla liberar a las personas con delitos menores como aborto, que considera a las mujeres imputadas, parteras y personal médico que haya coadyuvado en la interrupción del embarazo con el consentimiento de la madre y sin violencia, así como por homicidio en razón de parentesco, cuando el sujeto pasivo se encuentre en algún periodo de la gestación, dice el decreto.

“Hay muchas personas que han estado involucradas particularmente, porque así lo marca la Ley de Salud, como tráfico de drogas, cuando están portando más de 5 gramos de marihuana. Entonces, si ya tienen siete, ocho, 10 o cantidades que todavía siguen siendo consideradas menores y son para autoconsumo, son de las personas que se verán beneficiadas; de lo contrario los vamos a exponer a un contagio o incluso la muerte”, explicó el legislador.

También la posesión de narcóticos en situaciones excepcionales como encontrarse en situación de pobreza o discapacidad, temor fundado o que haya sido obligado por miembros la delincuencia organizada, un familiar o su pareja. En tanto, el robo simple y sin violencia será susceptible de indulto cuando la pena no sea mayor a cuatro años.

La normativa menciona que las personas indígenas, cuando en su proceso legal no fueron asistidos por un intérprete para garantizar su acceso a la justicia; sin embargo, la medida no aplica a quienes enfrentan procesos o sentencias por homicidios o violación, mencionó el senador.

El otro ilícito que contempla es sedición (levantamiento contra un gobierno) sin que haya habido actos violentos, lesiones graves a otra persona o se hayan empleado armas de fuego. En ninguno de los casos se considera a las personas que hayan sido reincidentes, además de que los beneficiarios no podrán ser detenidos ni procesados por los mismos hechos en un futuro.

CRÍTICAS

La fracción del PAN en el Congreso de la Unión se posición en contra con el argumento de falta de acceso a la justicia para las víctimas, el solapamiento de delincuentes que afectan a los sectores con menos recursos, además de que quienes poseen narcóticos también los venden fuera de escuelas o en las colonias.

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“Se establecen muy claramente los lineamientos, ninguno de los delitos del artículo 19 constitucional ni considerados graves, particularmente los ilícitos sexuales. Entonces, se están considerando en que podrían ser entre 4 mil y 7 mil personas los beneficiarios, pero el dato exacto lo tiene la Secretaría de Gobernación”, mencionó Menchaca Salazar sobre los discursos detractores.

Países en Europa como Alemania, Reino Unido y Francia o americanos como Colombia, Chile y Estados Unidos también prevén estos mecanismos por la pandemia, donde los promedios son de cuatro o cinco mil personas beneficiadas, expuso el exmagistrado.

Tiene cuestiones que mejorar, sin duda, nosotros sesionamos de manera complicada, ya estaba la fase dos de la pandemia y no pudimos meterle mano porque era regresársela a la Cámara de Diputados y no hubiera tenido los efectos que se quieren porque se estaba agravando la crisis de la pandemia. Una vez que se vuelva a la normalidad podemos hacerle mejoras. No es la primera vez que hay una ley de amnistía, la última fue con el presidente Salinas por el levantamiento de Chiapas, por una cuestión específica”.

LA INICIATIVA EN HIDALGO

El 20 de abril, el gobernador Omar Fayad Meneses envió al Congreso local la iniciativa de Ley de Amnistía para el Estado de Hidalgo. Al igual que el ordenamiento federal, la propuesta contempla el delito de aborto y el robo simple sin violencia, con penas que no superen los cuatro años.

Respecto de los narcóticos, la iniciativa acota a los consumidores siempre que la cantidad poseídas no contravenga el artículo 479 de la Ley General de Salud. Asimismo, establece que los solicitantes de absolución no debieron portar las sustancias para comercio o distribución.

Asimismo, el ilícito de sedición (levantamiento contra un gobierno) o la instigación a participar en daños patrimoniales, siempre que no se hayan producido privación de la vida o la libertad, lesiones graves a otra persona o usado arma de fuego.

Respecto de los indígenas, menciona que podrán ampararse en la amnistía “por cualquier delito” en caso de no contar con intérpretes, con excepción de delitos contra la vida o la integridad corporal, además de haber utilizado un arma en la comisión del ilícito.

 

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