La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avanza a pasos agigantados rumbo a garantizar el pleno derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo. En días anteriores se declaró como inconstitucional penalizar a las mujeres por abortar, y este jueves 9 de septiembre, declaró inconstitucional que los estados “protejan la vida desde la concepción”. 

La resolución de la Corte está relacionada con un proyecto de análisis de una acción de inconstitucionalidad de diputados del Congreso de Sinaloa planteada desde 2018, luego de que dicha legislatura aprobara una reforma para proteger “la vida desde la concepción”.

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El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena determinó que esta acción de inconstitucionalidad es procedente.

¿Por qué es importante?

La resolución de la SCJN crea un criterio obligatorio para los estados de la república que “protegen la vida desde la concepción”.  En aquellos estados en donde haya leyes con este tipo de protección, si alguna mujer o persona gestante es criminalizada por interrumpir un embarazo, esto será contrario a los derechos humanos y la mujer podrá ampararse.

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¿A qué se refieren con "inconstitucionalidad"?

De acuerdo con el Sistema de Información Legislativa, la acción de inconstitucionalidad es un recurso legal que se tramita en forma exclusiva ante la SCJN, y por medio del cual, se denuncia la posible contradicción entre la Constitución y alguna norma o disposición de carácter general de menor jerarquía( ley, tratado internacional, reglamento o decreto) con el objeto de preservar o mantener la supremacía de la Carta Magna y dejar sin efecto las normas declaradas inconstitucionales. 

Con información de: El Financiero

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