La Ley Olimpia castiga la violencia digital con hasta seis años de cárcel a las personas que difundan fotografías íntimas o videos sin consentimiento.  ¿Esto de qué manera beneficia o perjudica la libertad de expresión?

En entrevista para La Cadera de Eva con Aimée Vega, miembro del Programa de Investigación Feminista del CEIICH-UNAM, señaló que “en primera no le podemos decir ley porque solo se hicieron algunas modificaciones a los códigos penales y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia donde hay ciertas inconsistencias”.

En principio, Vega Montiel reconoció la gravedad del problema “entiendo la importancia que se tiene visibilizando los problemas nombrándolos”, señaló. Sin embargo, consideró que se trabajó de una forma superficial. El término de violencia digital podría perder vigencia "ya que muy pronto transitaremos a problemáticas que engloben la inteligencia artificial, big data e Internet de las cosas", apuntó.

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El mejor término para Vega es el de violencia mediática, que desde 2006 se intentó incorporar a la Ley de Acceso. Este concepto incluye el ecosistema actual donde se pueden incluir contenidos de radiodifusión, medios impresos, publicidad, comunicación digital más lo que se añada.

Ley Olimpia puede revertirse hacia las víctimas

Las modificaciones actuales buscan medidas punitivas las cuales se pueden revertir hacia las víctimas. Además, no se deja en claro quién es la víctima y quién es el agresor, eso preocupa a las expertas que han trabajado junto con Vega Montiel. “El tema del consentimiento podría colocar al agresor en el lugar de víctima, podría terminar acusándome a mí, porque yo le di mi consentimiento”.

Respecto a este tema, la abogada Andrea Medina, especialista en derecho penal y defensora de mujeres víctimas de violencia, ha relatado en foros y espacios públicos que estos mecanismos pueden ser utilizados por los agresores para perjudicar a las mujeres. Sobre el tema, Vega recordó el caso del Me Too en el que hombres utilizaron mecanismos legales para colocarse en el lugar de víctimas.

Vega Montiel señaló que hay una falta de uniformidad en las reformas de los códigos penales que se han aprobado en los 14 estados. En algunos estados se ha penalizado el sexting, una práctica asociada el desarrollo de la sexualidad de las mujeres y hombres. “En estos casos se podría enviar a la cárcel a las mujeres por enviar sus propias imágenes”.

La doble cara del “consentimiento”

La Ley Olimpia ha logrado que se reconozca la violencia digital y que se penalice con cuatro u ocho años de cárcel a quien difunda contenidos íntimos sin consentimiento.  Se reconoce que cualquier imagen, video o audio compartido sin autorización puede denunciarse. Sin embargo, el tema del “consentimiento” preocupa a la feminista Vega.

Respecto a este "consentimiento", la académica y feminista Vega señaló que hombres y mujeres no estamos en igualdad de condiciones. "¿Cuántas veces muchas mujeres hemos experimentado que un silencio nuestro no es necesariamente un consentimiento? Sino que quiere decir miedo, quiere decir paralización o parálisis. Sin embargo, es interpretado como consentimiento. Lo que queremos mostrar es eso, apelar al consentimiento sin tomar en cuenta que las mujeres no participamos en las mismas condiciones de igualdad frente a los hombres, ni en nuestras relaciones sexuales o íntimas; con esta ley se coloca al consentimiento para hacer con las imágenes de las mujeres lo que se venga en gana”, apuntó.

Vega señala que ya el marco normativo vigente daba pistas para castigar estas acciones. Lo que le preocupa es una falta de capacitación del sistema de procuración de justicia y un personal capacitado en perspectiva de género, en derechos humanos de las mujeres. Además, el tipificar la violencia digital reduce los otros tipos de violencia, siendo que podría haberse trabajado de forma más consistente para garantizar los derechos de las mujeres.