Cuando le preguntaron al delegado de Pastoral Penitenciaria cómo era trabajar en los reclusorios, él respondió: “las cárceles no están llenos de “malos”, están llenos de pobres”.

En los países en los que el sistema de impartición de justicia está profundamente sacudido por la corrupción la situación es aún más grave: en México, según el último informe del INEGI, 35% de la población carcelaria está recluida, pero no cuenta con una condena. La pobreza, el desconocimiento y la marginación agudizan las desigualdades que se viven día con día en las calles, pero se maximiza noche tras noche tras las rejas. 

Por eso, cuando el pasado 20 de abril se aprobó la Ley de Amnistía en el Senado, muchos de los que creemos en la justicia social lo sentimos como una pequeña victoria que, evidentemente, no resuelve el problema de fondo, pero enmienda casos en donde el sistema les ha fallado a los ciudadanos más vulnerables.

Las mujeres, además, parecían ser potenciales beneficiarias: desde la campaña, la Ley de Amnistía fue anunciada con bombos y platillos como aquella que excarcelaría a mujeres presas por abortar. Pero no. Ni a pocas. Ni a una.

Lo primero que hay que decir es que la Ley de Amnistía aplicará sólo para los delitos del fuero federal y, si bien el aborto se contempla en los artículos 329, 330, 331, 332, 333 y 334 del Código Penal Federal, este es un delito que se persigue en el fuero local. A través de la plataforma de transparencia obtuve este documento que comprueba la cantidad de mujeres que hay presas por abortar en los centros penitenciarios penales: 0

En los códigos penales locales, la mujer que aborta voluntariamente tiene estipulada una pena que va entre los 6 meses y 3 años de prisión en la mayoría de los estados -a excepción de Baja California y Sonora- lo que la hace beneficiaria del procedimiento abreviado, por lo que rara vez, al menos desde 2016, una mujer acusada por el delito de aborto pisa la cárcel.

¿Estamos, entonces, ante un panorama alentador? No. Ni un poco.

Asociaciones como GIRE, Las Libres y Marie Stopes México, entre otras, se han encargado de documentar y acompañar cientos de casos de mujeres que sí están presas por haber abortado -o, en muchos casos, por abortos espontáneos o complicaciones obstétricas-, pero que están procesadas bajo otros delitos como homicidio, infanticidio, feminicidio.  La gravedad de este asunto es doble: primero, porque las penas por esos delitos pueden ser de hasta 30 años y, segundo, porque los casos de mujeres en esta situación se vuelven imposibles de rastrear.

La conclusión hay que expresarla con toda claridad: la Ley de Amnistía no beneficiará a ninguna mujer que esté presa por abortar. Esto no significa, por supuesto, que no beneficiará a ninguna mujer; en tanto hemos sido históricamente coaccionadas, discriminadas y con menor acceso a educación y trabajo, es posible que mujeres indígenas o acusadas por delitos contra la salud que hayan tenido sometimiento familiar o delincuencial sean beneficiadas por esta Ley. También grupos vulnerables o en condición de pobreza lo serán.

Sin embargo, es fundamental que no dejemos que la pantomima de la amnistía en materia de aborto nos haga quitar el dedo del renglón. La efectividad y rapidez con la que han echado a andar el proceso legislativo para aprobar esta Ley demuestra que la posibilidad de materializar otras medidas a favor de la justicia social no solo es urgente, sino que es posible y que la garantía de que se apliquen las Leyes y normas que ya están vigentes -Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, NOM 046, etc.-, sea una realidad para todas.

La única salida verdadera, justa y que construya a favor de los derechos reproductivos de las mujeres es una: aborto legal ya en todo México.

*Luciana Wainer feminista de corazón, también es periodista del CIDE, colabora en ADN 40, escribe para La Razón y La Cadera de Eva.

@Luliwainer