María tiene 54 años y los últimos 40 ha sido trabajadora del hogar. Todas las mañanas, de lunes a sábado, sale de su casa, que queda en la periferia de la localidad, para tomar una combi que la acerca al domicilio donde labora alrededor de siete horas. María no habla de dejar de trabajar algún día, porque sabe que si deja de hacerlo ella y su esposo, quien está incapacitado desde hace 2 años, se quedarán sin sustento. Tampoco podrá jubilarse porque no cuenta con seguridad social y, si algún día ya no puede limpiar, menciona que tendrá que ponerse a planchar.

El caso de María no es una situación aislada, la Secretaría del Trabajo y Fomento al empleo señala que el trabajo del hogar es una de las labores más desprotegidas y mal remuneradas, ya que se realiza con extensas jornadas de trabajo, no suele contar con cobertura de seguridad social y tiene el mayor incumplimiento de normas laborales.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), 9 de cada 10 personas dedicadas al trabajo del hogar remunerado en México son mujeres y su promedio de escolaridad equivale a 7 años. Las labores que realizan se desglosan de la siguiente manera:

  • El 85.8% llevan a cabo tareas de limpieza en hogares particulares.
  • El 8.2% son cuidadoras de personas.
  • El 5% son lavanderas y/o planchadoras en casas particulares.

En el marco del Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar, 30 de marzo, hacemos una reflexión sobre el avance de sus derechos, la garantía de un sueldo digno, seguro social, pensión, vacaciones, gratificaciones y descanso semanal.

Derechos y obligaciones de las personas trabajadoras del hogar

En octubre de 2022, Diario Oficial de la Federación publicó las reformas a la Ley de Seguridad Social que hacen obligatoria la afiliación de las trabajadoras del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de esta manera, quienes emplean pueden optar por pagar cuotas mensuales, bimestrales, semestrales o anuales para afiliarlas. Antes de esto, la incorporación a la seguridad social era voluntaria y dependía de la voluntad de la persona empleadora.

Esta reforma es un derecho que les corresponde desde el primer día de trabajo y que les permite recibir servicios médicos, incapacidades, guarderías, pensión y fondo para el retiro; además, las hace acreedoras a recibir aguinaldo al finalizar el año. En este video del IMSS se explican los pasos para registrar a las personas trabajadoras del hogar:

Según el IMSS, la mayoría de las trabajadoras del hogar permanecen sin conocer sus derechos y obligaciones laborales, que son los siguientes:

Derechos:

  • Solicitar a la persona empleadora su inscripción ante el IMSS.
  • Recibir un trato digno, respetuoso y amable.
  • Contar con un descanso semanal de un día y medio como mínimo, salvo acuerdo entre las partes.
  • Contar con condiciones de trabajo que aseguren su vida y salud.
  • Respeto a su condición física, étnica, religiosa, económica y preferencia sexual.

Obligaciones:

  • Tener consideración y respeto hacia la persona empleadora, su familia y otras personas que concurran en el hogar.
  • Tener cuidado en la conservación de la casa.

En el caso de que la persona trabajadora del hogar habite en el mismo domicilio donde labora, se añaden derechos como: recibir además del pago en efectivo: alimentos sanos y suficientes, una habitación cómoda e higiénica para dormir, 9 horas de descanso nocturno y, entre el horario matutino y vespertino, 3 horas de descanso diario.

Para conocer el monto que les corresponde de aguinaldo, vacaciones, finiquito o indemnización, el Centro de Apoyo y Capacitación para Empleadas del Hogar (CACEH) creó la aplicación para teléfonos móviles “Dignas”, que es gratuita y resume todos los derechos de las personas trabajadoras del hogar.