El pasado 9 de septiembre, fue hallado un producto de avanzadas semanas de gestación en un baño público en el municipio de Silao, Guanajuato. La población alertó al Sistema de Emergencias 911, ante ello, personal de la policía Preventiva se desplazaron hasta el tianguis donde sucedió el incidente.

Fueron paramédicos de la Cruz Roja quienes confirmaron que se trataba de un feto en Silao y de acuerdo con testigos que se encontraban en el lugar una mujer recibió atención prehospitalaria y fue llevada a un centro médico supuestamente esposada. El lugar fue acordonado y se solicitó la intervención del Ministerio Público para que tomara parte del hecho.

Ante la detención de la menor de edad por haberse practicado un procedimiento de aborto de manera clandestina, la colectiva feminista Centro Las Libres afirmó que:

De haber ocurrido el acto de detención o retención, significaría una grave violación a los derechos humanos de le menor de edad. Además de un incumplimiento de la obligación que tienen todas las autoridades. Entre las que se incluye al Ministerio Público, de respetar la Constitución Política de México y de abstenerse de realizar cualquier acto haciendo que no sea acorde a la misma, afirmaron.

La Fiscalía General del Estado (FGE) a través de un comunicado señaló que la menor sí fue puesta en custodia por parte de las autoridades, pero debido a que al detenerla se estaba violando los derechos humanos de la mujer, fue puesta en libertad de inmediato.

¿Me pueden detener por abortar?

Si bien el delito de aborto no ha sido eliminado de los códigos penales, el Centro Las Libres dejó en claro que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido contundente en señalar que “no puede utilizarse el poder punitivo del Estado para criminalizar y sancionar el ejercicio del derecho a decidir de una persona”.

Además, precisaron que el respeto a este derecho y la obligación de garantizarlo, adquiere carácter todavía más importarte de tratarse de una persona menor de edad.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el 7 de septiembre de 2021 el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila, que castigaba el aborto hasta con tres años de prisión, y sentó un precedente para impedir encarcelar a las mujeres que abortan y llevar la interrupción legal del embarazo a cada entidad.

En el mismo año, se sumaron a la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación: Veracruz, Hidalgo, Baja California y Colima. Mientras que, en la Ciudad de México se hizo en 2007 y Oaxaca en 2019. Respecto a 2022, se unió Sinaloa (hasta la semana 13) en marzo, Guerrero en mayo y Baja California Sur en junio.

La criminalización del aborto impacta no solo a las mujeres que son sometidas a un proceso penal por este delito, sino a todas aquellas que, por diferentes razones, tienen embarazos no deseados y que deben enfrentarse al riesgo de llevar a cabo abortos fuera de la ley, continuar un embarazo no deseado o, incluso, enfrentar maltratos por parte del personal de salud al solicitar interrupciones del embarazo dentro de un marco legal, afirma GIRE.

Clandestino no es igual a inseguro

Se denomina “abortos clandestinos” a aquellos que ocurren fuera de la ley, es decir, en estados o en países donde las leyes impiden el acceso legal y seguro, pero muchas feministas que acompañan abortos en casa con medicamentos han asegurado que esto no significa que sea peligroso ya que se guían con manuales internacionales como el de la OMS o el IPAS, que brindan información médica segura, por lo que aunque sean practicados en casa no son de alto riesgo.

APVB