La armonía entre los códigos penales y la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia facilitará las investigaciones, brindará soluciones y fortalecerá la impartición de justicia, dijeron feministas durante el primer foro Nacional Rumbo a la Realización del Informe alterno CEDAW 2020, llevado a cabo por la organización Nosotras Tenemos Otros Datos.

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De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), entre enero y julio del presente año 2,173 mujeres fueron asesinadas, lo que representa un promedio de 10 asesinatos de mujeres al día. Ante tales números, activistas feministas continúan señalando la obligación del Estado por establecer un marco legal que prevenga y sancione los feminicidios. 

México está obligado a presentar un informe periódico al Comité CEDAW

En 1981 México ratificó la Convención dobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), con la que el estado mexicano está obligado a presentar un informe periódico cada cuatro años sobre la aplicación de los derechos humanos de las mujeres. 

Sin embargo, debido a que México no ha llevado a cabo de manera correcta las recomendaciones del Comité CEDAW, los informes ahora son cada dos años. La Abogada Patricia Olamendi dijo al respecto que 

“México ha venido incumpliendo a lo largo de varios años, recomendaciones fundamentales para el ejercicio de nuestros derechos, por lo cual el Comité CEDAW consideró que México tiene que estar entregando sus informes no cada 4 años sino cada 2 años”

Falta de armonización legislativa en torno a la violencia contra las mujeres en México

La recomendación del 24 C del Comité CEDAW a México comprende tres cuestiones: el tipo penal de feminicidio, la implementación de los protocolos de actuación en materia de investigación y la garantía de la aplicación de tales instrumentos. 

El Comité CEDAW ha realizado un llamado de atención a México por la inexistencia de armonización legislativa en torno a la violencia contra las mujeres. Las expertas señalaron que se debe a que cada entidad federativa ha legislado conforme considera conveniente y no necesariamente acatando las recomendaciones de los organismos internacionales.

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Publicado por Nosotras Tenemos Otros Datos en Domingo, 23 de agosto de 2020

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Imelda Marrufo, abogada feminista perteneciente a la Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez, dijo que desde el informe de 2018 el comité CEDAW ha hecho recomendaciones acerca de la homologación del tipo penal de feminicidio. 

“En el informe de 2018 se considera que hay un tipo penal, en más de la mitad de los estados, precario, incompleto y que no abona a las investigaciones para que se reconozcan las razones de género en el Código Penal Federal”

Al respecto, Stephany Alvarado de la Colectiva No te Calles enfatizó que las discrepancias en torno a la tipificación del delito de feminicidio provocan que los feminicidios no sean investigados ni calificados como tales. Esto impide atender el problema de manera correcta. 

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Heterogeneidad entre los códigos penales estatales 

Además, afirmó que la armonía entre los códigos penales y la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia facilitará las investigaciones, brindará soluciones y fortalecerá la impartición de justicia. 

Por otra parte, la diputada Lorena Villavicencio dijo que este tipo penal “ya fue homologado, pero no a partir de las recomendaciones de la CEDAW sino por la declaración del Fiscal General de la República”. 

“Él consideraba que no debía mantenerse el tipo penal de feminicidio porque resultaba muy complicado acreditar cada una de las circunstancias que el propio delito establece en el Código Penal” dijo Lorena.

La diputada afirmó que a partir de la declaración del Fiscal General de la República las diputadas se dieron a la tarea de realizar una revisión integral del tipo penal de feminicidio.

La Oficina de Naciones Unidas para la Droga y el Delito realizó un estudio comparado de todos los códigos penales a nivel federal con lo que se identificó la asimetría existente entre todos los códigos penales a nivel nacional. Estados como Chihuahua no tienen el delito de feminicidio como un delito autónomo, sino como una variante del delito de homicidio. 

La diputada dijo que el delito de feminicidio se perfeccionó para evitar argumentos relacionados a frases confusas dentro de la redacción. “Este delito lo perfeccionamos porque decían que algunas de las frases eran confusas”, bajo esta excusa algunos fiscales no clasificaban como feminicidio casos que lo requerían, cuestión que obstaculiza la obtención de datos reales sobre el feminicidio, imprescindibles para la creación de políticas públicas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.