La tan nombrada violencia hacia la mujer también tiene manifestaciones en el ámbito organizacional, conocida como acoso laboral o mobbing, término que hace referencia a la violencia psicológica de forma sistemática y por tiempo prolongado en el lugar de trabajo, cuya finalidad es afectar a la víctima en su desempeño, relación con los otros, reputación, generarle estrés, dificultar las actividades diarias, agotarlo mentalmente para lograr que renuncie.  Este fenómeno se puede presentar tanto en mujeres como en hombres, sin embargo, al ser una columna hecha para la mujer, me centraré únicamente en el acoso que reciben éstas en empresas. 

El mobbing se manifiesta con diversas conductas como maltrato verbal, aislamiento, calumnias y rumores, esconderle cosas, no convocarla a juntas, bloquearle la comunicación, ataques a la vida privada, ridiculizarla, desacreditarla en su trabajo, quitarle responsabilidades, asignarle tareas rutinarias, ignorarla, incluso violencia física. Para sensibilizarnos de la magnitud de este riesgo psicosocial, según cifras actuales de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) el 26% de las mujeres que trabajan sufren algún tipo de violencia laboral principalmente de tipo sexual o discriminatorio. Encontrando mayor incidencia en las trabajadoras que son madres solteras y se ven obligadas a “tolerar” estas conductas por la necesidad de llevar el sustento a su casa.  Tan solo el primer trimestre del 2019, 10 mil mujeres abandonaron su empleo por motivos de acoso laboral según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

26% de las mujeres que trabajan sufren algún tipo de violencia laboral principalmente de tipo sexual o discriminatorio

La consecuencia de estar sometida a este factor de riesgo puede manifestarse de diversas formas en la trabajadora. Uno de los efectos más comunes es el estrés tanto de carácter emocional como físico, que se refleja en agotamiento, malestares físicos tales como dolores de piernas, de cabeza y problemas gastrointestinales como gastritis y colitis, trastorno de ansiedad generalizada, depresión, síndrome de estrés postraumático, trastornos de somatización, como migrañas, cansancio, adicciones, pérdida de la capacidad de concentración, ganas constantes de llorar, trastornos de sueño, sentimientos de inseguridad, entre otros.

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Pero no todo está perdido, quizá el principal enemigo ante el acoso es la desinformación. Un primer paso es entender que estas conductas no son propias de una relación laboral, que pueden denunciarse y que la ley ya dispone de normatividad al respecto.  Para ello se recomienda documentar y registrar las agresiones que servirán como evidencia para proceder (registros escritos, testigos, e incluso grabaciones), hacer públicas las agresiones en las instancias correspondientes, para ello la NOM035 establece como obligatorio que cada centro de trabajo implemente mecanismos de recepción de quejas, que difunda la política de prevención de riesgos psicosociales, en la cual debe describir los lineamientos de atención en casos de violencia laboral, desactivarse emocionalmente para que no dañe tu autoestima, controlar y canalizar la ira, si te es posible hacer frente al hostigador, proteger nuestros datos laborales, evitar el aislamiento social, asegurar el apoyo del entorno familiar y social, solicitar ayuda médica, psicológica y legal.

El principal enemigo del mobbing o acoso laboral es la desinformación.

Entre las instituciones de gobierno y leyes que protegen en estos casos, se encuentra la STPS, instancia que presentó el Protocolo contra la violencia laboral el pasado 6 de marzo, el cual será una guía para saber cómo actuar ante este tipo de situaciones y promover que las empresas fomenten entornos organizacionales favorables y libres de violencia. Si estás sufriendo acoso laboral puedes acudir a denunciar los hechos a la secretaria, quien puede realizar una inspección y multar al patrón si se comprueban los hechos.

También tiene competencia el Consejo Nacional para Prevenir La Discriminación (CONAPRED), que cuenta con sistemas de prevención, como la Norma Mexicana de Igualdad Laboral que reconoce a los centros de trabajo que cuenten con prácticas de no discriminación. Queja que puede ser enviada incluso por correo electrónico o página web.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), es la instancia encargada de atender los casos de violencia o discriminación laboral, asesorando y/o representando a la presunta víctima de forma gratuita ante las autoridades laborales competentes en situaciones de violencia laboral (discriminación laboral, acoso laboral, hostigamiento y acoso sexual).

Esperemos que las instancias encargadas brinden una pronta, expedita y transparente justicia para la víctima en todos los casos.  Y que al interior de las empresas entendamos que debe existir la política de tolerancia cero, donde garanticemos espacios de trabajo libres de discriminación y violencia laboral, que empecemos a erradicar las prácticas tóxicas que no sólo dañan a las trabajadoras, sino también la misma organización tiene repercusiones en su productividad, en su reputación social, en el trato que reciben sus clientes y en los altos costos que trae consigo: la rotación, la disminución de eficacia, el mal clima laboral y la ruptura del contrato psicológico.

Al interior de las empresas entendamos que debe existir la política de tolerancia cero

Dra. Erika Villavicencio-Ayub es investigadora y consultora de organizaciones y coordinadora de Psicología Organizacional de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)