LEY DE LA FAMILIA

Estos NOMBRES quedan PROHIBIDOS en Hidalgo; tras reforma a Ley de la Familia

Gordonia, Caralampio, Rocky, son algunos de los nombres que padres de familia o tutores no pueden poner a sus hijos

La reforma fue aprobada hoy por los legisladores.Créditos: LSR Hidalgo
Escrito en HIDALGO el

Pachuca.— Para evitar que los menores de edad sean víctimas de bromas y daños en su autoestima y desarrollo como consecuencia de un nombre que pudiera considerarse “peyorativo, discriminatorio o denigrante”, diputados locales aprobaron una reforma al artículo 416 de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo.

Lo anterior para que, desde el Registro del Estado Familiar, se exhorte a quienes acudan a registrar a la menor o el menor para que seleccionen un nombre que no sea peyorativo, discriminatorio o denigrante.

De acuerdo con el diputado de Morena, Jorge Hernández Araus, esta reforma busca garantizar el derecho a la identidad de niñas y niños, procurando que, al momento del registro de su nacimiento, los padres dispongan de la orientación para que puedan elegir un nombre adecuado.

Previamente, durante la presentación en 2022 de esta iniciativa, la diputada del Partido del Trabajo (PT) Elvia Yaneth Sierra Vite, recordó que en el Registro del Estado Familiar del estado se elaboró en 2017 una lista de nombres prohibidos que los oficiales de dicha institución deben consultar para evitar nombres peyorativos.

Entre la lista de nombres prohibidos en Hidalgo se destacan los siguientes: Gordonia, Cesaria, Caralampio, Indio, Rocky, Terminator, Trapansito, Petrolino, Zoyla Rosa, entre otros, los cuales son considerados como ofensivos y podrían tener una secuela negativa en la vida de las personas.

El legislador Hernández Araus, recordó que el artículo 18 de la Convención Americana Sobre de Derechos Humanos establece que: “Toda persona tiene derecho a un nombre propio y a los apellidos de sus padres o al de uno de ellos. La ley reglamentará la forma de asegurar este derecho para todos, mediante nombres supuestos, si fuere necesario”.

En ese sentido, agregó el diputado, el nombre tiene una doble naturaleza jurídica, al ser reconocido como un atributo de la personalidad, debido a que sirve para individualizar a las personas, y como un derecho humano.

Diputado Jorge Hernández Araus | Foto: Facebook

“El nombre figura esencialmente en el derecho a la identidad, el cual, es ampliamente reconocido por instrumentos internacionales y nacionales; el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) estipula que el derecho a la identidad es la puerta para el ejercicio de otros derechos como el acceso a servicios de salud, educación y protección”, indicó.

En algunos estados del país han desarrollado campañas en contra de nombres denigrantes o extravagantes que derivan en situaciones donde niñas, niños y adolescentes sufren bullying y demás tipos de maltrato que afectan su autoestima y desarrollo.

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