LEY ORGÁNICA MUNICIPAL

Así quieren evitar que alcaldes de Hidalgo hereden laudos laborales

La reforma propone que las autoridades municipales en turno liquiden a los extrabajadores antes de finalizar sus periodos

Los diputados buscan evitar que los laudos se acumulen a las administraciones municipales entrantes.Créditos: Especial
Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- Para evitar la herencia de pasivos laborales entre una administración municipal y otra, diputados locales propusieron una reforma para que las autoridades en turno liquiden los compromisos monetarios con extrabajadores antes de finalizar sus periodos.

Esto a través de la adhesión del Articulo 56 Ter de la Ley Orgánica Municipal, en la que diputados locales del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y del Trabajo (PT), buscan que los municipios atiendan inmediatamente las resoluciones de los tribunales laborales.

La reforma fue leída por la diputada morenista Gabriela Godínez Hernández, quien precisó que se busca que las administraciones públicas municipales no queden en estado de indefensión al heredar pasivos laborales.

“La iniciativa tiene como propósito complementar con el principio de racionalidad del gasto público, promoviendo la transparencia relacionada con los juicios en trámite, así como con los adeudos por pago de indemnizaciones (sic); también, logramos salvaguardar, tanto los derechos laborales como la proyección presupuestal de los municipios, procurando que los arreglos conciliatorios sean provechosos para ambas partes”, expresó.

La legisladora indicó que la responsabilidad financiera de administraciones anteriores, condiciona y sitúa en desventaja a los nuevos gobiernos municipales, pues, en ninguna parte de la Ley Orgánica Municipal establece la forma en que se regulará.

“Esto conlleva a que las y los titulares del ejecutivo municipal actúen de manera negligente, siendo omisos en las demandas de las y los trabajadores, acumulando pagos de indemnizaciones, generando una sobrecarga presupuestal”, abundó. 

Específicamente, la adhesión del artículo 56 establece que “los ayuntamientos deberán liquidar al término de su administración los laudos que dicte el Tribunal en el ejercicio de su gestión y pagar el monto de las indemnizaciones y demás prestaciones a que tenga derecho la o el servidor público, para lo cual tomarán las previsiones y acciones presupuestarias necesarias”.

De igual forma, se establece que “recibidos los laudos ejecutoriados por el Tribunal, el ayuntamiento realizará su despacho inmediato, a fin de evitar su extensión en periodos administrativos posteriores al vigente”.

La propuesta fue turnada a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales del Congreso hidalguense.

sjl