DERECHOS HUMANOS

Por negligencia y violencia, CDHEH emite recomendaciones contra Salud Hidalgo

Se trata del Hospital General de Pachuca y el que se localiza en Actopan; por las vulneraciones a derechos humanos, ya hay dos recomendaciones

Alejandro Benítez Herrera, secretario de Salud.Créditos: Especial
Escrito en HIDALGO el

PACHUCA. – Por violencia obstétrica y una mala praxis en el Hospital General de Pachuca, una mujer ya no podrá tener hijos; mientras que una negligencia médica en el nosocomio de Actopan, le ocasionó la muerte a un hombre, de acuerdo con información presentada por la Comisión de Derechos Humanos del Estado Hidalgo (CDHEH).

Por estos hechos que ocurrieron entre diciembre de 2019 y enero de 2020, el organismo autónomo emitió dos recomendaciones en contra Alejandro Efraín Benítez Herrera, titular de la Secretaría de Salud del estado (SSH).

Las resoluciones R-ZA-0001-12 y VG-002-22 se resolvieron el 18 de agosto del año en curso y son las dos primeras que emite la nueva gestión del organismo autónomo a cargo de Ana Karen Parra Bonilla.

CASO HOSPITAL GENERAL PACHUCA

Personal del Hospital General de Pachuca le practicó una cesárea a una mujer, después le realizó un legrado sin estudios necesarios que comprobarán que había restos de placenta y ante la mala praxis médica que padeció, ya no podrá tener hijos.

Así lo explicó Elizabeth Olivares Sánchez, quien estuvo a cargo del expediente de queja CDHEH-ZA-061419, que a su vez derivó en la recomendación R-ZA-0001-12 por la vulneración a los derechos a recibir atención médica integral, atención libre de negligencia, accesibilidad a los servicios de salud, a no ser sujetos a violencia obstétrica, a la debida integración del expediente clínico y a recibir tratamientos correspondientes a un padecimiento.

Los hechos que antecedieron esta recomendación datan del 9 de diciembre de 2019, cuando una madre de familia se comunicó vía telefónica a la Visitaduría General de Zacualtipán de Ángeles, para informar a Derechos Humanos el caso de su hija, que en ese entonces tenía 20 años de edad.

La quejosa relató que el 25 de noviembre de 2019 su familiar se presentó en el Hospital General de Pachuca para atender su parto.

La madrugada de día 26 se le practicó una cesárea y durante el procedimiento quirúrgico comenzó a tener fiebre, los médicos no le dieron explicación y solo le dijeron que el padecimiento era normal.

Para el 30 de noviembre se le realizó un legrado y a no tener una mejoría en su salud, el 2 de diciembre la paciente decidió asistir a un centro médico particular donde le retiraron la matriz.

La agraviada ratificó la queja iniciada por su madre y agregó que el legrado que le realizaron fue porque mediante un ultrasonido pélvico, el personal del General de Pachuca le indicó que tenía restos de placenta y coágulos de sangre.

Tras la queja, la CDHEH analizó el informe médico que emitió el servicio de obstetricia y ginecología de aquel nosocomio, así como la copia certificada del expediente clínico de la paciente.

Al igual que la copia auténtica de la carpeta de investigación que la quejosa inició en la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo y el dictamen médico pericial emitido por la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Hidalgo.

Al revisar dichas pruebas, la CDHEH determinó que la cesárea que se practicó a la mujer fue adecuada y justificada; sin embargo, en la nota quirúrgica se estableció que no se colocó ningún dispositivo DIU como método de planificación familiar en virtud de que la cavidad vaginal estaba hipertérmica.

"En la atención que se proporcionó a la agraviada no hubo un adecuado trabajo de sepsis, es más, se le practicó una aspiración manual endouterina (legrado), sin que se haya confirmado si eran restos placentarios, pues no se llevó a estudios patológicos".

Además, la Comisión de Derechos Humanos encontró que el expediente clínico, carecía de fechas, horas y no se especifica el tipo de urgencia, tampoco hay firmadas del anestesiólogo responsable.

"Como se pudo advertir en este expediente de queja se acreditaron violaciones a derechos humanos graves (...) en este caso específico tuvo repercusiones en la víctima porque independientemente de los daños emocionales que se le generaron, la agraviada no podrá volver a ser madre", finalizó Olivares Sánchez.

CASO HOSPITAL GENERAL ACTOPAN

El segundo expediente de queja que propició recomendación VG-002-22, estuvo a cargo de Laura Pérez Orta, quien precisó que una persona asistió a Derechos Humanos para acusar que, del 2 al 4 de enero de 2020, su familiar llegó al Hospital de Actopan, pero falleció porque durante ningún especialista lo atendió.

El quejoso manifestó que su hermano ingresó por un infarto y que el personal médico que dicha clínica le comentó que no había cardiólogo.

En consecuencia, les pidieron a los familiares acudir al Patronato del Hospital General de Pachuca A.C. porque esa asociación si tenía el material y una sala para llevar a cabo el procedimiento médico.

Desde que ingresó el paciente lo hizo con un diagnóstico grave hasta que falleció, nunca lo atendieron ni trasladaron.

En contestación a la queja, autoridades del General de Actopan manifestaron que  trataron de transferir al hombre al nosocomio de la capital.

Sin embargo, Derechos Humanos señaló que se incurrió en una omisión porque solo decidieron esperar el traslado, que nunca llegó, y sin hacer ninguna otra acción.

Los hechos violatorios fueron el derecho a no ser sometido a violencia institucional, que incluye descuidos y omisiones que pongan en peligro la salud o la vida; así como la vulneración al derecho a una atención libre de negligencia, es decir, oportuna, eficaz, evitando dilación u obstáculos.

LAS RECOMENDACIONES

En ambas resoluciones se emitieron seis puntos recomendatorios, dirigidos al titular de la Secretaría de Salud de Hidalgo.

El primero, consiste en reparar el daño causado a los agraviados; además de que el órgano interno de control de la SSH realice una investigación en contra del personal médico.

De igual manera, instruir a los trabajadores de especialidad dar cumplimiento a lo estipulado en la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, relacionada con la integración del expediente clínico.

Así como que los laboratorios de los hospitales cuenten con los insumos necesarios y como medida de no repetición, la CDHEH recomendó capacitaciones para el personal.

Finalmente, se pidió el nombramiento de una persona servidora de la Secretaría de Salud que funga como enlace con el organismo de Derechos Humanos, para así dar seguimiento al cumplimiento de las dos recomendaciones.

 

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