CASO AYOTZINAPA

Murillo Karam: Los delitos que se le imputan y cuántos años en prisión

El exgobernador de Hidalgo podría alcanzar una pena de más de 70 años de prisión si se determina su responsabilidad en los delitos que la FGR le imputa por el Caso Ayotzinapa; de momento, se mantiene en prisión a la espera de su nueva audiencia

Jesús Murillo Karam, exgobernador de Hidalgo.Créditos: Ilustrativa web
Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- Jesús Murillo Karam exgobernador de Hidalgo y extitular de la extinta Procuraduría General de la República podría enfrentar una pena máxima de casi 70 años en prisión por los delitos contra la administración de justicia, desaparición forzada y tortura, relacionados a la investigación por la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa en 2014.

Murillo Karam fue detenido elementos de la FGR y la Marina en su domicilio en las Lomas de Chapultepec, en la Ciudad de México, la tarde del viernes 19 de agosto. El sábado 20, el originario del municipio Real del Monte, Hidalgo, fue trasladado hacia el Centro de Justicia federal en el Reclusorio Norte en el Estado de México. Tras su primera audiencia, el juez Marco Antonio Fuerte dictó prisión preventiva justificada para Murillo y fijó para las 8:00 horas del próximo miércoles 24 de agosto la nueva en la que se definirá su situación legal.

A continuación, te compartimos en qué consisten los delitos que se le imputan y los años en prisión que le corresponde a cada uno de ellos.

Desaparición forzada de personas

La responsabilidad de Murillo Karam en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa se centra en la investigación de los hechos y la creación de la llamada “verdad histórica”.

Este ilícito, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley en la materia, es castigado con penas de 40 a 60 años en prisión y de 10 mil a 20 mil días de multa, no obstante, esta puede aumentar hasta en la mitad si la persona privada de la libertad fallece, es menor de edad, mujer, mujer embarazada, persona mayor o con discapacidad, entre otros factores.

De acuerdo con la ley, comete este delito “el servidor público o el particular que, con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un servidor público, prive de la libertad en cualquier forma a una persona, seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero”

Es responsable de este crimen “servidor público, o el particular que con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un servidor público, oculte o se niegue a proporcionar información sobre la privación de la libertad de una persona o sobre el paradero de una persona detenida, u oculte a una persona detenida en cualquier forma se le impondrá la pena prevista en el artículo 30”.

Tortura

A Murillo se le acusa del delito de tortura cometido en contra de seis presuntos responsables en el caso Ayotzinapa. De acuerdo con la Ley Federal para prevenir y sancionar la tortura, se castiga con penas de tres a 12 años de cárcel, así como 200 a 500 días de multa, a quien cometa, instigue o autorice este recurso para la obtención de pruebas.

Dichas sanciones se aplicarán al servidor público que en el ejercicio de su cargo “instigue, compela, o autorice a un tercero o se sirva de él para infligir a una persona dolores o sufrimientos graves, sean físicos o psíquicos; o no evite que se inflijan dichos dolores o sufrimientos a una persona que esté bajo su custodia.

“Se aplicarán las mismas penas al tercero que, con cualquier finalidad, instigado o autorizado, explícita o implícitamente, por un servidor público, inflija dolores o sufrimientos graves sean físicos o psíquicos a un detenido”, advierte el documento. Además, en caso de acreditarse la responsabilidad, el inculpado deberá hacerse responsable de la reparación del daño e indemnizar a la víctima o a sus dependientes económicos por los perjuicios ocasionados.

Entre las pruebas ofrecidas de la FGR en contra de Murillo Karam por este delito se encuentra la declaración de Bernardo Cano, testigo colaborador que grabó las torturas de las que fueron víctima al menos cuatro integrantes del grupo Guerreros Unidos. El testigo declaró que el 7 de octubre de 2014, tan sólo dos días después de atraer el caso, el exprocurador mantuvo reuniones en Iguala, Guerrero, con diversos altos mandos, entre ellos Omar García Harfuch, entonces delegado de la Policía Federal en Guerrero.

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La Fiscalía General de la República aseguró ante el juez que Jesús Murillo Karam “contribuyó a perpetuar la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa” y luego presentó conclusiones con pruebas alteradas “para construir y sostener una verdad histórica falsa”.

Delito contra la administración de la justicia

Se le responsabiliza a Murillo del delito contra la administración de la justicia por "alterar, perder y perturbar" las pruebas. De acuerdo con el Código Penal Federal el delito contra la administración de justicia se castiga con tres o hasta 10 años de prisión y de 500 a dos mil días de multa.

Este delito castiga que un funcionario público ejecute actos o incurra en omisiones que produzcan un daño o concedan a alguien una ventaja indebida; retarde o entorpezca maliciosamente la administración de justicia; detenga a un individuo por más tiempo del señalado en la Constitución; y obligue a un inculpado a declarar, usando la incomunicación, intimidación o tortura.

 

jgp