JUZGADOS ORALES DE PACHUCA

Será pública audiencia contra Cristian N, por la pérdida de once radiodifusoras estatales

El exdirector de Radio y Televisión de Hidalgo pidió que fuera privada su audiencia de vinculación a proceso pero la jueza de control determinó que el delito no cumple vulneraciones a la integridad del imputado

El funcionario enfrenta cargos por el ejercicio indebido del servicio público.Créditos: Facebook
Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- A las 15:12 horas, Cristian David N, exdirector de Radio y Televisión de Hidalgo, fue presentado ante la jueza de control Karina Vértiz Marín para la formulación de imputación por el delito de ejercicio indebido del servicio público, caso radicado en la causa penal 1670/2022.

El exfuncionario señalado por la pérdida de 11 estaciones radiofónicas, que dejaron de transmitir a finales de noviembre, fue ingresado a la sala 6 de los Juzgados Penales de Control, Juicio Oral y Ejecución del Primer Circuito Judicial de Pachuca de Soto, luego de que este miércoles se ejecutó la orden de aprehensión, que data del 13 de diciembre.

Previo a la imputación, los tres defensores de Cristian David N solicitaron un receso de dos horas para estudiar el contenido de la carpeta de investigación iniciada en contra de su representado, por lo que la audiencia se reanudará a las 17:15 horas.

Los abogados también solicitaron que la diligencia se llevara de forma privada porque consideraron que en caso de ser pública podría afectar la integridad de su cliente; incluso, Cristian N pidió el uso de la voz para reafirmar la petición.

No obstante, el Ministerio Público (MP) de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH) se opuso a la solicitud al argumentar que el caso no cumplía con ninguna excepción de publicidad; mientras que el asesor legal de Radio y Televisión de Hidalgo consideró que los hechos que se imputarán trastocan a la sociedad y en consecuencia, también la pidió p��blica.

Finalmente, la jueza de control resolvió que la audiencia se llevará a cabo bajo el principio de publicidad porque indicó que el asunto no afecta la integridad del acusado e incluso, ejemplificó que el riesgo o alguna vulneración si sucedería en algún caso de abuso sexual que involucren infantes, no en el delito de ejercicio indebido del servicio público.

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