MULTAS Y CÁRCEL

El que embaraza paga: así es la propuesta de ley en Hidalgo

La iniciativa consiste en agregar un párrafo al Código Penal para que se considere una agravante al incumplimiento de obligaciones alimentarias que el hombre abandone a su descendiente cuando está en periodo de gestación

Las mujeres embarazadas podrán denunciar abandono.Créditos: Especial
Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- María Adelaida Muñoz Jumilla, diputada local de Nueva Alianza Hidalgo, propuso sancionar al hombre que, acreditando la paternidad, abandone a una mujer embarazada, incumpliendo su obligación de apoyo durante el periodo de gravidez.

La legisladora explicó que su iniciativa tiene por objeto reformar el tipo penal de “incumplimiento de las obligaciones alimentarias”, contemplado un elemento a la descripción de la conducta típica y estableciendo una agravante.

Muñoz Jumilla recordó que el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) conviene que los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables.

“Se nos faculta a los Estados realizar las acciones que creamos pertinentes para asegurar el pago de la pensión alimenticia por parte de los padres u otras personas que tengan la responsabilidad financiera por el niño”, dijo.

Por ello, para la construcción de su iniciativa, se tiene presente lo que se establece en la Declaración de los Derechos del Niño, “el menor, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”, agregó.

De igual forma, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó un informe sobre el derecho del niño y la niña a la familia, en el cual se enfatiza la importancia de prever la protección del menor desde el período del embarazo, y con posterioridad al nacimiento del niño, a fin de garantizar condiciones de dignidad para el adecuado desarrollo.

La reforma

La reforma planteada por la legisladora busca adicionar un segundo párrafo y se recorren los subsecuentes del artículo 230 del Código Penal para el Estado de Hidalgo.

El artículo 230 establece:

“Al que incumpla con su obligación de dar alimentos a las personas que tienen derecho a recibirlos, se le impondrá prisión de tres a cinco años y multa de 100 a 400 días, además suspensión o pérdida de los derechos de familia en relación con el ofendido, hasta por el máximo de la pena privativa de libertad impuesta”.

El párrafo que se busca añadir es:

“La misma pena a que se refiere el párrafo anterior se impondrá cuando el delito sea cometido en contra de una mujer embarazada acreditando la paternidad, y se aumentará en una mitad, cuando la conducta típica prevista en este artículo cause alguna afectación a la salud de la mujer embarazada o a la del producto en gestación”.

sjl