PACHUCA.- Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la amonestación pública impuesta por el Tribunal de Hidalgo (TEEH) a Hilda Miranda Miranda por la colocación de propaganda electoral en el transporte público.
En la sentencia del recurso ST-JE35/2021 y su acumulado ST-JE-36/2021, el organismo federal señaló que Movimiento Ciudadano denunció a la exaspirante a la alcaldía de Mineral de la Reforma y presentó como prueba una USB con las imágenes de la publicidad en un colectivo y un taxi.
Sin embargo, la Sala Regional consideró que por sí mismos, el video y las fotos presentadas, no tienen valor probatorio, pues el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) al realizar la oficialía electoral no acreditó las circunstancias de tiempo, modo y lugar.
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Al existir en el expediente únicamente elementos indiciarios, la autoridad administrativa responsable no contaba con una línea de investigación que le permitiera arribar a determinar la existencia o inexistencia de los hechos denunciados”.
Por ello, consideró que se carece de sustento jurídico, además de que no se puede distinguir la imagen de la excandidata –como afirmó el TEEH–, sino que el IEEH señala que “no era posible distinguir claramente el contenido de la propaganda, pero sí advertir la figura de una persona del género femenino.
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