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Hasta 50 mil reos pueden obtener libertad anticipada

La resolución fue avalada por magistrados federales y atendiendo la nueva Ley Nacional de Ejecución Penal

Escrito en NACIÓN el

El Pleno de Circuito en Materia Penal de la Ciudad de México avaló que los delincuentes sentenciados en el anterior sistema de justicia tienen derecho solicitar su liberación, aunque no hayan culminado sus condenas, lo cual provocaría que 50 mil reos salieran a las calles.

La resolución fue avalada por magistrados federales y atendiendo la nueva Ley Nacional de Ejecución Penal, publicada en el Diario Oficial el 16 de junio de 2016.

Dicha ley dicta en el Capítulo II, artículo 141, sobre la solicitud de libertad anticipada:

“El otorgamiento de la libertad anticipada extingue la pena de prisión y otorga libertad al sentenciado. Solamente persistirán, en su caso, las medidas de seguridad o sanciones no privativas de la libertad que se hayan determinado en la sentencia correspondiente.

“El beneficio de libertad anticipada se tramitará ante el Juez de Ejecución, a petición del sentenciado, su defensor, el Ministerio Público o a propuesta de la Autoridad Penitenciaria, notificando a la víctima u ofendido”.

“No gozarán de la libertad anticipada los sentenciados por delitos en materia de delincuencia organizada, secuestro y trata de personas”, se detalla en dicho artículo.

Esta jurisprudencia del pleno será obligatoria para los cinco juzgados de distrito especializados en ejecución de penas en la Ciudad de México, los cuales tienen jurisdicción en todo el territorio, lo que equivale a cerca de 22 mil reos federales y más de 27 mil delincuentes del fuero común.

Con información de REFORMA

lrc