LO QUE DEBES SABER

¿Sabes si tienes adeudo con el SAT?, aquí te decimos cómo revisarlo

El SAT recomienda que la gente verifique y consulte su situación para estar al corriente, y no acarrear situaciones pendientes ante la autoridad fiscal.

Se debe revisar en el portal del SAT si se tienen adeudos fiscales..Créditos: Especial
Escrito en GUANAJUATO el

León.- Si se desconoce si se tienen adeudos fiscales con Hacienda, para saberlo puede revisarse la situación en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) desde cualquier lugar y también por el teléfono celular, solamente se necesita el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la contraseña vigente.

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Quienes deseen consultar o pagar adeudos fiscales, sean personas físicas o morales, podrán hacerlo en dos modalidades, una presencial o en línea.

Permite el SAT que este trámite se realice cuando el contribuyente lo requiera y es gratuito.

Recientemente el SAT informó al público en general qué hacer para revisar si se tiene un adeudo fiscal y señaló además que es importante que la gente lo consulte para verificar cuál es su situación ante Hacienda.

Pasos para verificar si se tiene adeudo fiscal con el SAT

Por medio de sus redes sociales, como Twitter, el SAT informó que para revisar si se tiene un adeudo fiscal se puede realizar en unos pasos en su portal digital.

  • Entrar al portal del SAT.
  • Seleccionar la sección “Adeudos fiscales”.
  • Ingresar el RFC y la contraseña.
  • Dar clic en “Mis asuntos pendientes”.

Y ahí se podrá ver la lista que se tenga de las obligaciones fiscales sin finalizar ante el SAT.

También agregó el SAT que no importa si se es persona física o moral, la consulta de adeudo fiscal cualquiera la puede hacer y al hacerlo se estará al día y por consiguiente no traerá situaciones pendientes ante Hacienda.

Es importante estar al día con las obligaciones fiscales ante el SAT porque de no cumplir puede haber sanciones por parte de Hacienda.

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Sanciones de no cumplir ante el SAT

  • El SAT reportará en el buró de crédito y circulo de crédito.
  • Se cancelarán los CFDI que se tenían autorizados y ya no se podrán facturar las operaciones comerciales.
  • Se iniciará un procedimiento administrativo de ejecución.
  • Se inmovilizarán y embargarán las cuentas bancarias o de inversión.
  • Los datos pueden ser publicados en la lista de deudores del fisco federal en la página de Internet del SAT.
  • En caso de tener devoluciones de impuestos pendientes, éstas se aplicarán a los saldos de los adeudos.
  • El registro en el padrón de importadores puede ser suspendido o cancelado lo que impedirá realizar actividades de importación o exportación de bienes o servicios.
  • Si se tiene programado participar en licitaciones gubernamentales, la opinión del cumplimiento de obligaciones será negativa y afectará las relaciones comerciales.
  • Si se es beneficiario de la aplicación de un subsidio, se perderá dicho beneficio.
  • De no pagar adeudos al SAT son muchas las afectaciones que se pueden tener si no se está al corriente de las responsabilidades como tributario.

Es importante saber que el ejercicio fiscal termina el 31 de diciembre y para liquidar los adeudos debe hacerse entre el 2 de enero al 31 de marzo, del año inmediatamente siguiente, siempre que se tenga informada de la cantidad y características a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

CM

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