OPINIÓN

Contralor Municipal: Trabajo de alto riesgo en Guanajuato

El Contralor Municipal, en el caso de nuestra entidad, no es un simple servidor público. En la Ley Orgánica Municipal para el Estado Guanajuato, en el Art.124 “De la Administración Pública Centralizada”, señala a la Contraloría Municipal como la tercera dependencia en orden de importancia

Escrito en GUANAJUATO el

A la memoria de Erick Abel Canto Crivelli

Contralor Municipal de Abasolo, Guanajuato

 

El miércoles de esta semana, fue asesinado el funcionario municipal de Abasolo, el Lic. Erick Abel Canto Crivelli. Según reportan los medios informativos, fue asesinado a balazos en un ataque armado, a dos calles de la presidencia municipal. Al momento del ataque, el Contralor Municipal, se encontraba en compañía de un colaborador de la misma dependencia, el cual, también falleció producto de dicha agresión. El artero asesinato al joven funcionario, cimbró a todas las estructuras de gobierno de los 46 municipios en el estado.

No se trata de un asesinato más, de los que se cometen todos los días en nuestra entidad. ¡De ninguna manera! No se puede comparar, con todo respeto, a la larga lista de funcionarios municipales de seguridad pública, me refiero a los 47 asesinatos a policías.

Qué derivado de la escalada incontrolable de violencia, que vive todo el país y por supuesto Guanajuato, en el primer lugar de homicidios dolosos, se ha encontrado la permanente justificación oficial y social, “en qué estaría metido”, todo aquel que es privado de la vida de forma violenta.

El Contralor Municipal, en el caso de nuestra entidad, no es un simple servidor público. En la Ley Orgánica Municipal para el Estado Guanajuato, en el Art.124 “De la Administración Pública Centralizada”, señala a la Contraloría Municipal como la tercera dependencia en orden de importancia. Además, a diferencia de cualquier otra dependencia de gobierno municipal, es la única que nombra al Titular a través de un exhaustivo mecanismo de selección ciudadana, por medio de un Comité Ciudadano (Art.131).

¿Qué quiere decir esto último? El funcionario que ocupa el puesto de responsable del Órgano de Control Interno, Titular de la Contraloría Municipal en los 46 municipios del estado de Guanajuato, es sometido a un escrupuloso examen de conocimientos técnicos, jurídicos y administrativos, para llegar al cargo. A esté funcionario, se le exige tener conocimientos varios y ser especialista en derecho, contabilidad, finanzas, arquitectura e ingeniería en general, para alcanzar dicho puesto en la administración pública.   

Una vez que llega al cargo, el Contralor Municipal dura en su puesto 5 años, teniendo autonomía técnica y de gestión (Art.131 párrafo II) de la ley antes mencionada. Lo que significa, que los Contralores Municipales y los funcionarios que laboran en dichas dependencias, no dependen de criterios de comportamiento de otras dependencias de gobierno, contando con la capacidad para regir su actuación bajo políticas permanentes de especialización técnica, profesionalización y rendición de cuentas, emitiendo acuerdos o resoluciones propias, sin ningún tipo de intromisión política o de partido.

Lo insólito e increíble de este cargo y función pública municipal, es el enorme desconocimiento ciudadano o social, que existe. Al grado, que hay cientos y miles de hombres y mujeres en los 46 municipios, que no saben ni conocen para que sirve y que es la Contraloría Municipal. Las Contralorías o también conocidas, cómo Órganos de Control Interno, son las “encargadas de la evaluación de la gestión municipal y desarrollo administrativo, así como el control de los ingresos, egresos, custodia y aplicación de los recursos públicos; con la finalidad de prevenir, corregir, investigar, en su caso, sancionar actos y omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas”. (Art.131 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Guanajuato).

Sin embargo, dentro de la administración pública municipal, el conocimiento del trabajo del Contralor Municipal y sus colaboradores, en algunos casos, sí se conoce y se respeta; en otros, no tienen la menor idea que hace y para que sirve el Órgano de Control Interno.

En pocas palabras, todo lo que tiene que ver con el combate a la corrupción y al no cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen la vida municipal, es tarea de la Contraloría.

Todos los procesos de compras, así como todo lo que tiene que ver con las obras públicas que hacen los municipios, tienen que estar sancionados por la Contraloría Municipal, apegados estrictamente a las leyes de la materia. Qué decir, de la actuación de todos los funcionarios municipales que forman parte de la administración pública, apegado siempre a la norma jurídica, incluidos los miembros del cabildo. Sin excepción. 

El artero y cobarde asesinato del Contralor Municipal de Abasolo y de su colaborador, pretenden callar e intimidar el trabajo que realizan las contralorías. De la misma manera o muy similar, cómo ha incrementado la violencia en el país, ha incrementado la corrupción y las malas prácticas en el gobierno. En el caso de Guanajuato, ojalá la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción (SESEA) deje ya, la comodidad de dedicarse a justificar su trabajo, con cursos de capacitación y Mesas Técnicas de Implementación de Políticas Anticorrupción. Y salgan al campo de batalla, en los municipios donde se libran las verdaderas luchas, para combatir la corrupción y el exceso de poder.

 

¿No cree usted?

Dr. Carlos Díaz Abrego