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Juez da marcha atrás a "justicia digital" en Veracruz

Juzgado Sexto de Distrito desestimó la demanda de amparo promovida contra la suspensión de labores en el Poder Judicial

Escrito en VERACRUZ el

Xalapa, Ver. Impulsar la justicia digital por la vía del amparo no es una vía para los abogados en Veracruz.

Los promoventes de estos recursos sufrieron un revés de un juez federal, que determinó como improcedente dicho reclamo de abogados veracruzanos inconformes por la suspensión de actividades por la pandemia de covid-19.


Esta semana el juez sexto de distrito con residencia en Boca del Río desestimó la demanda de amparo promovida por el abogado Ricardo Morales Carrasco, en contra de la suspensión de labores que se implementó en el Poder Judicial desde marzo.

El abogado procedió en contra de la determinación de la magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, Sofía Martínez Huerta, quien ha aplazado el reinicio de labores por la contingencia sanitaria en varias ocasiones.

Al respecto, se acusó la omisión de la titular del Poder Judicial para implementar medidas efectivas y eficaces para que magistrados, jueces y el personal administrativo reanuden la actividad esencial de impartición de justicia, haciendo uso de la justicia digital que ya se implementa en otras entidades.

Sin embargo, el juez federal determinó desechar el recurso, al no contar con un interés simple para impugnar los actos reclamados.

“Toda vez que, de la lectura de la demanda, se observa que sólo busca lograr un control de legalidad en abstracto sobre los actos y no defender o salvaguardar un derecho que en lo individual se reconozca a su favor”, determinó el juez
.

El amparo citaba las resoluciones y actuaciones de los órganos jurisdiccionales deben cumplir con lo ordenado por los artículos 8, numeral 1 y 25, numeral 1, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los cuales disponen que toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez federal o tribunal competente, independiente e imparcial.

Por ello se pedía la “E-Justicia” en las materias civil, mercantil, familiar, laboral y cualquier otra, a que se refiere la justicia en línea, a pesar de que se ha dictado el protocolo para la prevención de contagios por coronavirus SARS-CoV2.


La autoridad jurisdiccional determinó que el amparo es improcedente contra actos que no afecten los intereses jurídicos legítimos de la parte quejosa, en términos establecidos en la fracción I, del artículo 5, de la propia legislación de la materia.  

ygr