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INE destituye a presidenta electoral de Morelos en pleno proceso 2021

Dilató la conclusión de una investigación iniciada en 2016 en contra de Cuauhtémoc Blanco por presuntamente haber cobrado 7 mdp para ser candidato del PSD

Escrito en ESTADOS el

CUERNAVACA.- El consejo general del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó remover a Ana Isabel León Trueba del cargo de consejera presidenta del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), tras acreditar que dilató la conclusión de una investigación iniciada en 2016 en contra de Cuauhtémoc Blanco Bravo, entonces presidente municipal de Cuernavaca, por presuntamente haber cobrado siete millones de pesos para ser candidato a la alcaldía por el Partido Social Demócrata (PSD).

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Lo anterior ocurre a más de dos meses de haber iniciado formalmente el proceso electoral 2020-2021, donde por primera vez en la historia de Morelos serán 22 partidos políticos los que buscarán el voto ciudadano. 

Cabe mencionar que una vez que el Impepac inició (a principios de marzo de 2018) un proceso sancionatorio en contra del exfutbolista, su defensa legal impugnó el acuerdo ante el Tribunal Estatal Electoral (TEE), instancia que lo consideró improcedente por lo que dio vista al INE, lo que originó este procedimiento de destitución. 

En sesión extraordinaria, las y los integrantes del consejo general del INE avalaron con 10 votos a favor y uno en contra la remoción de León Trueba debido a que incurrió en omisión e incumplimiento de sus funciones, tras analizar el proyecto de resolución hecho por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) sobre el expediente UT/SCG/PRCE/TEEM/CG/7/2018 y su acumulado UT/SCG/PRCE/TEEM/CG/7/2018 en contra de la consejera presidenta y sus compañeros Ixel Mendoza Aragón, Xitlali Gómez Téran e  Isable Guadarrama Bustamante,  así como de los consejeros Ubléster Damián Bermúdez,  Alfredo Javier Arias Casas y José Enrique Pérez Rodríguez.

El proyecto fue presentado ante el pleno a petición del presidente del INE, Lorenzo Córdova.

LA OMISIÓN DE LA CONSEJERA PRESIDENTA

De acuerdo con la indagatoria, León Trueba tuvo conocimiento pleno de que se había concluido la investigación iniciada a Blanco Bravo y no  realizó  las acciones necesarias para que fuera el consejo general del Impepac quién emitiera la determinación, que en derecho correspondiera de forma diligente y eficaz.

Tampoco ordenó a la Secretaría Ejecutiva del Impepac la elaboración de un proyecto de acuerdo a efecto de concluir la investigación, aplazando por 15 meses el cierre de la misma, cuando esta debía darse en tres meses. 

Y a pesar de -la  hasta hoy- presidenta consejera argumenta que no realizó dicho procedimiento debido a que en  reuniones (celebradas en febrero de 2017) con Eduardo Gurza Curiel, director de la Unidad Técnica de Fiscalización(UTF) del INE, se acordó que resolvieran ambos órganos “en tiempos cercanos para no emitir resoluciones que pudieran resultar contrarias entre sí”.

En el análisis -realizado por la UTCE - a las constancias del expediente,  no existe oficio, tarjeta o comunicado en donde la UTF haya mencionado a la Consejera Presidenta la “sugerencia” de resolver en “tiempos similares”. 

Las consejeras y consejeros del INE, determinaron sobreseer el procedimiento de remoción de contra de Mendoza Aragón, Gómez Téran y  Damián Bermúdez debido a que ya no están en el cargo. 

Mientras que en el caso de Guadarrama Bustamante,  Arias Casas y Pérez Rodríguez se concluyó que no se acreditó responsabilidad porque recurrieron a tecnicismos jurídicos. 

Asimismo, se ordenó  investigar a los ex secretarios ejecutivos del Impepac, Erick Santiago Romero Benítez (octubre de 2014-enero de 2018), y Enrique Díaz Suastegui (enero–abril de 2018). Este último presentó la denuncia ante la UTCE en contra de León Trueba, acusando omisión en sus funciones. 

Ahora será el Consejo General del INE quien designará a la persona que ocupará de manera transitoria la presidencia del Impepac; deberá ser uno de los seis consejeros que forman parte del Consejo Estatal Electoral (CEE).

De  los cuales tres (Isabel Guadarrama, Javier Arias y José Enrique Pérez) han mostrado en repetidas ocasiones operar de acuerdo a intereses personales y partidistas. Y tres más, de reciente ingreso (América Preciado, Elizabeth Martínez y Pedro Gregorio Alvarado) no han tenido experiencia en algún proceso electoral en la entidad. 

LEÓN TRUEBA EMPRENDERÁ LUCHA JURÍDICA

Ante la resolución del consejo general, León Trueba anunció que analiza iniciar un proceso de impugnación, al tiempo de advertir que tras su destitución podrían existir intereses políticos.

Más allá de consideraciones jurídicas es inevitable pensar que pueden existir motivaciones políticas que originaron esta determinación que sin duda provoca la inestabilidad democrática en el estado de Morelos

"Esta resolución no sólo me afecta a mí al impedirme formar parte del Consejo Estatal Electoral del Impepac y concluir mi nombramiento en el año 2021, sino a la población que ha depositado su confianza en el órgano electoral y particularmente en mi persona para garantizar temas tan importantes como la paridad de género horizontal y vertical y las acciones afirmativas que permiten a la población indígena postularse a cargos en ayuntamientos y diputaciones en los Distritos III, IV, V y X". 

Destacó que las acciones afirmativas que no quedan en la postulación de las candidaturas sino en la integración del congreso y de los ayuntamientos, garantizando que las mujeres e indígenas tengan la representación que les corresponde.

Reiteró su compromiso para luchar desde las trincheras que sean necesarias para que los derechos político-electorales que promovimos y dejamos firmes durante mi gestión como consejera presidenta del Impepac, sean respetados.

En ese contexto anunció que analiza junto con sus asesores legales, la viabilidad de emprender una lucha jurídica en contra del proyecto de resolución del consejo general del INE. 

También insistió que en la competencia de la Consejera Presidenta del Impepac no estaba el de sustanciar y resolver Procedimientos Ordinarios Sancionadores, según lo establecen los artículos 60, 61 y 62 del Reglamento del Régimen Sancionador Electoral del Instituto, por lo que en ningún momento dejó de desempeñar las funciones y labores que confiere la normatividad.