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Desecha TEPJF reclamo de Héctor Serrano para recuperar candidatura

La Sala Superior consideró que no hay fundamentos para analizar la impugnación con la que buscaba recuperar candidatura del PT a diputado de SLP

Escrito en ESTADOS el

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la impugnación interpuesta por Héctor Serrano Cortés, para que fuera aprobada su candidatura a una diputación plurinominal por el Partido del Trabajo (PT) en San Luis Potosí.

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En sesión pública, las y los magistrados determinaron que no existía razón para que se analizara el tema, pues no se advirtió que la Sala Regional Monterrey realizara algún ejercicio de constitucionalidad y, mucho menos, que se hubiera inaplicado alguna disposición electoral por considerarse contraria a la Constitución.

La decisión de la Sala Regional Monterrey se limitó a determinar si había elementos para acreditar que el aspirante no tuvo conocimiento de que el organismo electoral local negara el registro de su candidatura por incumplir dos requisitos: no se separó del cargo de diputado federal con la anticipación debida y no acreditó su residencia efectiva en el estado

Héctor Serrano argumentó que sólo tenía conocimiento del incumplimiento de uno de los requisitos.

El 28 de febrero de 2021, el PT solicitó al organismo electoral de SLP el registro de su lista de candidaturas a diputaciones de representación proporcional para integrar el Congreso de dicha entidad. El 21 de marzo, el organismo electoral determinó, entre otros, declarar improcedente el registro de la fórmula encabezada por Héctor Serrano.

Inconforme, Héctor Serrano promovió una demanda de juicio ciudadano ante la Sala Regional Monterrey, instancia que determinó reencauzar el asunto al Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, que resolvió confirmar como improcedente la candidatura.

El 5 de abril, Serrano Cortés promovió otro juicio ciudadano para impugnar la sentencia del tribunal local, y el 21 de abril, la Sala Monterrey dictó sentencia en el mismo sentido, la cual fue nuevamente impugnada y, este miércoles, la Sala Superior resolvió en definitiva el tema.

 

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