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Decretan cuarentena en Tabasco "hasta que pase la pandemia"

Este viernes se emitió el decreto con medidas y acciones para detener, contener, controlar, retrasar y reducir la propagación del covid-19 en la entidad

Escrito en ESTADOS el

VILLAHERMOSA, Tabasco.- El gobierno de Tabasco ordenó el cierre de establecimientos públicos y privados de entretenimiento, culturales, deportivos y servicios turísticos, así como reducir al mínimo la actividad de dependencias estatales, “hasta que se determine la inexistencia de las circunstancias extraordinarias” motivadas por la pandemia del coronavirus covid-19.

Este viernes, el gobernador Adán Augusto López Hernández, se emitió el decreto con medidas y acciones para detener, contener, controlar, retrasar y reducir la propagación del COVID-19 en la entidad.

El documento, con fecha 20 de marzo de 2020, establece que las medidas entrarán en vigor una vez que se publique en el Periódico Oficial del Estado y permanecerán vigentes hasta que se determine la inexistencia de las circunstancias extraordinarias que motivaron su expedición.

Adán Augusto López

En este lapso – sin fecha de terminación -, se autoriza a declarar procedente la adjudicación directa por extrema urgencia, de adquisiciones y obra pública, fundamentado en los artículos 39 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Estado de Tabasco y 45 fracciones II y V de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas del Estado de Tabasco.

“Las Secretarías de Finanzas, Administración e Innovación Gubernamental, Salud y de Ordenamientos Territorial y Obras Públicas, en el ámbito de su competencia aplicarán el criterio de extrema urgencia”.

Con la finalidad de salvaguardar el derecho a la protección de la salud de los habitantes, exhortó a la población a actuar con responsabilidad y permanecer en casa, restringiendo traslados no esenciales para controlar los contagios, a fin de evitar se rebasen los servicios de salud.

“Para mantener la sana distancia y evitar el contacto físico” se suspenderá el funcionamiento de bares, casinos, centros nocturnos, discotecas, antros y similares; además se cerrarán archivos, bibliotecas, museos y todo recinto cultural de enseñanza.

También cerrarán los recintos destinados a la práctica deportivo-recreativa de uso público como albercas públicas, campos y canchas de fútbol, béisbol, baloncesto; de carreras, clubes deportivos, estadios, gimnasios y locales de  boxeo, lucha, judo y similares; pistas de atletismo, patinaje y tenis; y salones de billar.

Se suspenden hasta nuevo aviso los servicios turísticos en centros recreativos, parque de atracciones, balnearios y playas públicos y privados, miradores, parques zoológicos y recreativos infantiles.

Cualquier actividad y establecimiento público o privado, similar a las enlistadas, que motive la congregación social, pública o privada deberá cumplir los criterios de distanciamiento social de las autoridades sanitarias establecidas en el artículo 4 de la Ley General de salud.

Entre las medidas también se establece la descontaminación microbiana o parasitaria y desinfección de los planteles escolares, aula por aula y sus bienes muebles, observando las disposiciones emitidas por las autoridades sanitarias.

Los transportistas, concesionarios y permisionarios deberán garantizar la limpieza del transporte público, así como el establecimiento de criterios de movilidad como la operación de las unidades al 50 por ciento, para impedir el contagio y en su caso la suspensión temporal del servicio total o parcial.

En las dependencias y entidades de gobierno, se deberá autorizar que el personal del que no se requiera su presencia física, realice sus funciones a distancia utilizando las tecnologías de la información y comunicación.

Los trabajadores de Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, Salud, Comisión Estatal de Agua y Saneamiento e Instituto de Protección Civil del Estado de Tabasco, por la naturaleza de sus funciones laborará conforme a disposiciones específicas.