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Avanza Ley Olimpia en Baja California; en Sonora se atora

En Baja California fue aprobada la Ley Olimpia para castigar los delitos de violencia a la intimidad en plataformas digitales, en Sonora rechazaron dictamen

Escrito en ESTADOS el

Este jueves, el Congreso del Estado de Baja California aprobó por unanimidad la “Ley Olimpia”, la cual castiga delitos de violencia a la intimidad en plataformas digitales, así como el ciber acoso.

Durante la Sesión de la Comisión de Justicia de este jueves, los legisladores decidieron cambiar una serie de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionarla.

Las reformas al código penal aprobadas, entre otras cosas, proponen tipificar el hostigamiento sexual a través de dispositivos electrónicos.

Desde el 17 de junio se dio la primera sesión para lograr tipificar y castigar estos delitos que atentan contra la intimidad y sexualidad, en especial de las mujeres. 

La Ley será publicada en el Diario Oficial en los próximos días.

La frenan en Sonora

En los últimos días, la iniciativa también llegó al Congreso local de Sonora, pero no con la misma suerte.

El pasado 16 de junio, los integrantes de las comisiones unidades de Justicia y Derechos Humanos y de Igualdad de Género desecharon del orden del día dicha Ley, la cual dictaminarían ese mismo día, según el medio local expreso.

Los legisladores señalaron que el dictamen que les llegó el viernes tenía modificaciones sustanciales que deben de ser analizadas nuevamente por ambas comisiones, por lo que la comisión acordó volver a pedir una terna a la gobernadora del Estado para el titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, pero además solicitarle que se amplíe el periodo de socialización de la convocatoria y que se habilite un correo electrónico para el registro y así como hacer públicos los nombres perfiles y calificaciones de los candidatos.

En una columna para El Sol de México, un diputado federal por Morena, justificó que el dictamen desecho tenía algunas “ocurrencias” que “daban pie a elucubraciones”.

Por ejemplo, señaló que, “en el contexto de esta discusión, pero desde lo “oscurito” de una oficina del Congreso que no es la de un legislador o legisladora, se intentó incluir en el dictamen de violencia digital contra las mujeres, el apartado 241 Bis3, que pretendía regular la difusión de contenidos en redes sociales, confundiendo prácticas sexuales por medio de tecnologías, con pornografía y, a su vez, limitando el concepto de la violencia digital”.

Y pidió que  se construya un nuevo dictamen o, en su caso, una nueva iniciativa que parta de manera más auténtica de la Ley Olimpia y voces de parlamentos abiertos, y que logre un auténtico consenso.

¿De qué trata la Ley Olimpia?

La denominada "Ley Olimpia" fue una iniciativa que se impulsó para reformar el Código Penal de Puebla para castigar delitos de violencia a la intimidad en plataformas digitales. Acción que se ha replicado en 17 entidades federativas

La "Ley Olimpia" no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como la ciberviolencia.

Entre las conductas que atentan contra la intimidad sexual se encuentran:

Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.

Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.


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