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Así buscan castigar a quien abandone a embarazadas en Jalisco y Aguascalientes

Desde el Congreso buscan ayudar a mujeres embarazadas que no cuentan con el apoyo de sus parejas; las penas van de nueve meses a seis años de prisión

Escrito en ESTADOS el

La diputada de Morena, Ana Patricia Meza Núñez, presentó en el Congreso de Jalisco, una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado, en el cual propone la creación del delito “Abandono de mujer embarazada”.

La legisladora indicó que dicha iniciativa se puede fortalecer con ideas y observaciones de la sociedad civil, con la finalidad de proteger la integridad física del ser humano que se encuentra en gestación.

La propuesta contempla que a la persona que embarace a una mujer y que sin una causa justificada incumpla con las obligaciones de prestar asistencia y alimento, se le podría imponer una pena que va desde los nueve meses a seis años de prisión.

Además, se haría acreedor de una multa que iría de 150 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, que sería de 12 mil 660 a 42 mil 200 pesos.

Lo anterior, explicó, con el objetivo de atender la problemática que padecen mujeres embarazadas que no cuentan con el apoyo de la persona con quien han concebido y que las coloca en una situación de alto grado de vulnerabilidad.

Al igual que en Jalisco, en Aguascalientes en el Congreso Local se analiza una iniciativa de ley para castigar con prisión al hombre que abandone a una mujer embarazada.

La propuesta consiste en elevar al rango de delito el abandono de la gestante con una pena de hasta 3 años de prisión, explicó la diputada de Morena, Natzielly Teresita Rodríguez Calzada.

La propuesta plantea elevar la pena en un 50 por ciento al hombre que a causa del abandono se ponga en riesgo la salud de la gestante o del producto de la concepción.

Explicó que se plantea la adición del Artículo 131-A al Código Penal para dar vida al delito de “Abandono de mujer en estado de embarazo”.

El delito consiste “en el abandono e incumplimiento sin causa justificada a la obligación de prestar asistencia y dar alimentos a la mujer embarazada, que realice quien la embarazó. Independientemente de que sea asistida o los elementos le sean brindados por cualquier otra persona”.