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Anulan triunfo de Paty Lobeira en el puerto de Veracruz

La decisión fue tomada luego del plazo de 48 horas que estableció el Tribunal Electoral de Veracruz para dar resolución al proyecto por la alcaldía de Veracruz

Escrito en VERACRUZ el

XALAPA, VER. -  Dos de tres magistrados de Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV) determinaron anular la elección municipal del puerto jarocho, donde hasta hoy le favorecía el triunfo a Patricia Lobeira, esposa de Miguel Ángel Yunes Márquez. 

Patricia Lobeira 

El TEEV publicó este 8 de diciembre la sentencia del expediente TEV-RIN-242/2021 y sus acumulados, en el cual destaca la revocación de la declaración de validez de la elección, así como las constancias de mayoría expedidas a favor de la candidata del PAN-PRI-PRD, Patricia Lobeira de Yunes.

Además, el Tribunal instruyó al Congreso del Estado de Veracruz y al OPLE Veracruz para que, en el ámbito de sus facultades, lleven a cabo las medidas necesarias para la celebración de una elección extraordinaria. 

El pasado 6 de diciembre, los magistrados Tanya Celina Vásquez Muñoz y Roberto Eduardo Sigala Aguilar se negaron a ratificar la validez de la elección del puerto de Veracruz, que fue presentado mediante sentencia de la magistrada presidenta, ponente del caso, Claudia Díaz Tablada. Ella, a diferencia de sus dos compañeros, consideraba que no había elementos suficientes para anular la elección. 

Aún cuando el TEEV determinó anular el resultado de la elección, la candidata de PAN podrá recurrir a dos instancias: a la Sala Regional o a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para valorar la decisión de los locales.

LA HISTORIA 

El pasado 6 de diciembre, los magistrados Tanya Celina Vásquez Muñoz y Roberto Eduardo Sigala Aguilar se negaron a ratificar la validez de la elección del Puerto de Veracruz, que fue presentado mediante sentencia de la magistrada presidenta, ponente del caso, Claudia Díaz Tablada. Ella, a diferencia de sus dos compañeros, consideraba que no había elementos suficientes para anular la elección. 

El argumento de los magistrados Tanya Vásquez y Eduardo Sigala es que no se había analizado con “exhaustividad” los ocho recursos de inconformidad que había presentados varios partidos políticos, entre ellos Morena. Y que era necesario hacer un “engrose”, es decir, una revisión o ampliación del acuerdo de parte de otro magistrado. 

El magistrado Roberto Sigala Aguilar comentó que no acompañaría el proyecto, pues del total de las impugnaciones contra el resultado de la elección solo eran procedentes las del Partido del Trabajo y Morena.

Por su parte, Tania Celina Vázquez Muñoz consideró que faltaba definitividad en la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) que determinó que no había rebase de tope de campaña, sin embargo, se reconoce la omisión de los partidos de la coalición de reportar el gasto del evento político en el que se anunció la cancelación de la candidatura de Yunes Márquez y la continuidad de Lobeira de Yunes.