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5 claves en la lucha para despenalizar el aborto en Veracruz

Después de que la SCJN revocara la propuesta del aborto legal, diversas colectivas feministas manifestaron su postura de seguir exigiendo el aborto seguro

Escrito en VERACRUZ el

Veracruz, Ver. –  Desde hace varios años diversos grupos feministas en Veracruz luchan por brindarle a las veracruzanas el poder de elegir sobre sus cuerpos; uno de los retos que hasta el momento sigue en pie de lucha es el aborto legal.

La disputa para la despenalización del aborto sigue en Veracruz, pese a que este 29 de julio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el proyecto. En consecuencia, diversos grupos feministas en el estado manifestaron su postura sobre seguir exigiendo este derecho para las mujeres, niñas y adolescentes.

En el estado solo está permitido abortar en caso de que la víctima haya sufrido violación, que la madre corra algún peligro o malformación del feto, por el contrario, si no se cumple con alguno de los puntos mencionados se castiga con seis meses o hasta cuatro años de prisión, según el Código Penal del Estado.

RECOMENDACIONES POR DOS ALERTAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

La violencia de género en el estado se convirtió en un estandarte para las colectivas feministas, ya que Veracruz cuenta con dos alertas, por lo que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim), encargó desde el 2016 una serie de acciones políticas y públicas para detener esta problemática.

La primera que se declaró fue en el 2016 por violencia feminicida en 11 municipios y la segunda fue en el 2017 por Agravio Comparativo, lo que llevó al estado a ser el primero con dos alertas de género en todo el país.

La alerta por agravio comparado según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), tiene como finalidad eliminar las desigualdades producidas por un ordenamiento jurídico o políticas públicas que impidan el reconocimiento o el ejercicio pleno de los Derechos Humanos de las Mujeres protegidos en todos aquellos instrumentos internacionales reconocidos y ratificados por el Estado mexicano, a través de acciones gubernamentales.

Fue la Asociación civil Equifonía la encargada de promover esta segunda solicitud debido, en la cual se hacía constar de la necesidad para que las veracruzanas accedieran a la interrupción legar del embarazo.

CASO REYNA PANZO

La mujer originaria del municipio de Zongolica estuvo 11 años en la cárcel por no poder demostrar que su hija nació muerta, sentenciada por el delito de homicidio en razón de parentesco en el año 2006.

Fue denunciada por familiares de su pareja, su caso como el de otras mujeres en su mayoría de escasos recursos o indígena.

Reyna no contó con accesoria jurídica, ni traductor, pese a que en aquel momento la mujer que contaba con escasos 22 años no hablaba español.

De acuerdo al informe de Alerta de Género para el Estado de Veracruz, resaltaba que en el año 2017 cuando fue solicitada la segunda alerta por violencia al menos 10 veracruzanas se encontraban pagando sentencia por el delito de homicidio en razón de parentesco.

Mientras que en este año el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) tiene registrado entre los meses de enero a junio 12 carpetas de investigación por aborto.

MUERTE POR ABORTO CLANDESTINO 

Según datos del portal de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) señala que, del año 2007 a junio del 2020 han ido a la Ciudad de México 542 veracruzanas para practicarse un aborto seguro.

Mientras que, datos del Ipas daba a conocer que entre el 2000 y 2008 un promedio de 62 veracruzanas había fallecido por un aborto clandestino.

De esas 62 mujeres, 45 carecían de servicios de salud y tuvieron que practicarse abortos clandestinos.

AMPARO PARA LA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 149, 150 Y 154   

Este amparo emitido por un juez federal de Xalapa, donde proponían reformar el Código Penal para la despenalizar el aborto, argumentando que es un acto de discriminación y transgrede el derecho a la salud y la libertad reproductiva.

Los artículos que se pretendían reformar son el 149, el cual manifiesta que la persona que “comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo en cualquiera de sus etapas”.

Mientras que, el 150 menciona que a la mujer que se provoque o consienta que se le practique un aborto, se le sancionará con tratamiento en libertad, consistente en la aplicación de medidas educativas y de salud.

Según artículo 154 dice que el aborto no será castigado en caso de imprevisión de la mujer embarazada, que sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, siempre que se practique dentro de los noventa días de gestación del Código Penal.

MARCHA DEL 28 DE SEPTIEMBRE

Fue el sábado 28 de septiembre de 2019 que en varios municipios del estado se realizó una marcha pacífica, donde miles de mujeres salieron de sus casas para proclamarse a favor del aborto legal en Veracruz.

Fue en el Día Internacional de los Derechos Sexuales y Reproductivos que en todo el país se registró una gran movilización de mujeres que exigían el derecho a que las mujeres decidan sobre su cuerpo.

ygr