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El plan de Morena para combatir la corrupción de jueces

Se prevén modificaciones propuestas al artículo 118 de la ley para crear un programa de rotación de jueces y magistrados

Escrito en NACIÓN el

La bancada de Morena en el Senado presentará una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, la cual prevé que los jueces y magistrados se “enquisten” en sus cargos.

El documento, firmado por el líder de los senadores morenistas Ricardo Monreal, detalla que estos cargos tendrían ahora un periodo máximo de seis años de duración, lo que favorecería la rotación.

Así se indica en las modificaciones propuestas al artículo 118 de la ley que describen un programa de rotación, de acuerdo con las necesidades del servicio.

“Dicho programa se regirá bajo los principios de objetividad e imparcialidad y en criterios de profesionalismo, eficacia y eficiencia (...) asegurando que ningún magistrado de circuito o un juez de distrito permanezca en menos de tres años ni más de seis en el mismo lugar de adscripción por competencia territorial”, señala el texto citado por Reforma.

Para este propósito se crearía una Comisión de Adscripción que informe en enero de cada año los nombres de los Magistrados de circuito y fuerzas de distrito cuyo término por competencia territorial concluye ese año.

Los magistrados señalados en el reporte tendrán la facultad de señalar los plazos de su interés así como su situación personal familiar, lo que será considerado al momento de resolver sobre la nueva adscripción.

Monreal considera que en este nuevo formato se prevendrían casos de corrupción.

“No podemos soslayar la necesidad de establecer un sistema de rotación de los jugadores en las diversas plazas existentes en las entidades federativas, si se toma se toma en consideración la existencia de casos de corrupción detectados en el Poder Judicial”, agrega.

“(La corrupción) es consecuencia, en gran medida, por la duración indefinida de jueces y magistrados, de la relación que adquieren a través de los años con litigantes y el nepotismo que subyace en múltiples casos”, se destaca.

En la exposición de motivos se destaca como evidencia un estudio realizado en julio de 2017 por la asociación civil Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), en el que se advierten casos de nepotismo, como el de un magistrado del circuito correspondiente a Durango , quien integró a 17 miembros de su familia, entre hijos, hermanos, concuños, cuñadas, primos y sobrinos en puestos administrativos, como actuarios, secretarios de tribunal y juzgado, asesor jurídico y analista especializado.

Además ofrece como otro ejemplo el caso del circuito décimo sexto, que corresponde a Guanajuato, en el que 38 de 46 titulares de colegiados y juzgados tienen familiares laborando allí, lo cual equivale al 82.61 por ciento de su equipo.

De tal forma se propone regular la readscripción de los magistrados de circuito y jueces dentro de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en busca de desincentivar su comisión en corrupción, pues, como se podrá advertir, tales actos derivan de la relación que surge entre despachos radicados en los lugares de adscripción y los titulares de los tribunales colegiados y juzgados, así como de la comodidad de que los parientes de los titulares de los organismos antes mencionados vivan en el mismo lugar.

Se remarca que el problema no es menor, dado que los juzgadores en realidad están desarrollando una función estratégica para la vigencia del Estado constitucional, por ello es indispensable que la lleven a cabo con riguroso apego a la imparcialidad, la independencia, el profesionalismo y la probidad.

Así se establece en el artículo 100, párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde llama a los jueces a regirse por los principios de excelencia, profesionalismo, objetividad, independencia e imparcialidad, prescripción que es retomada por el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, el cual establece las Condiciones Generales de Trabajo para Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito.

lrc