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¿Y a todo esto, qué aseguradora responderá por el colapso de Línea 12?

GMX Seguros deberá responder por los pasajeros que resultaron lesionados o en su caso perdieron la vida en el accidente del metro de la Línea 12

Escrito en DINERO el

GMX Seguros, titular de la póliza del Sistema de Transporte Colectivo Metro, de Seguros de Daños y Responsabilidad Civil que ampara los daños a los bienes y a terceros, incluyendo pasajeros, involucrados en el siniestro de la Línea 12 del metro informó que ha iniciado los trabajos de ajuste correspondientes para hacer la evaluación del caso y con base a las condiciones de la póliza, proceder a la reparación de los daños que se dictaminen al respecto.

"Conforme a los procedimientos habituales en materia de siniestros, en conjunto con nuestro asegurado, hemos iniciado los trabajos de ajuste correspondientes", dijo.

Precisó que por el conducto del Sistema de Transporte Colectivo Metro de la ciudad de México, "está lista" para la inmediata atención del siniestro, una vez concluidos los trabajos de ajuste.


El Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro es considerado como el principal transporte público en la Ciudad de México, por sus diferentes conexiones y la cantidad de usuarios que mueve.

La capacidad de sus nueve vagones está diseñada para transportar en cada viaje a 1,530 personas: 360 sentados y 1,170 parados, aunque claramente este número siempre o casi siempre es sobrepasado en las horas pico.

De acuerdo con el conteo del 2019 de Transporte Urbano de Pasajeros, el STC Metro llega a transportar alrededor de 4.6 millones de personas diariamente que están amparadas por un seguro de viajero que contrata el Metro cada año.

Según el Reglamento de la Ley de Movilidad de la CDMX, todo automóvil o sistema de transporte de pasajeros, sea público o concesionado, debe mantener vigente un seguro de responsabilidad civil por daños y prejuicios que puedan causar a usuarios o terceros.

Idealmente debes conservar tu boleto y si pasa algún incidente debes agregar una descripción, por escrito, de lo que paso.

Sin embargo, hoy en día tener un boleto de cualquier transporte de la ciudad de México es casi imposible, ya que el Metrobús, Metro, Tren Ligero, entre otros, ingresas con tarjetas, o en el caso del Metro ingresas tu boleto en la máquina de torniquetes.

¿CÓMO COBRAR EL SEGURO DEL METRO?

-Notifica al personal que labora dentro del Metro

-Tendrás que hacer una descripción por escrito de los hechos

-Deberás presentar documentos probatorios del accidente; incluye ir al ministerio público si tu incidente así lo amerita.

-Si no consigues o no te dan los papeles que amparen tu situación, presenta a un testigo, las facturas de los gastos médicos para que pisas el reembolso.

RIESGOS CUBIERTOS

De acuerdo con Condusef:

-Atención médica o en su caso reembolsar los servicios hospitalario o médico distinto al asignado por la aseguradora

-Intervenciones quirúrgicas

-Hospitalizaciones

-Enfermería

-Ambulancias

-Prótesis y medicinas

-Indemnización por incapacidad parcial o temporal

-Incapacidad parcial o total permanente

-Gastos funerarios

-Indemnización por muerte 

¿A QUIÉN SE CONSIDERA USUARIO?

A toda persona que se encuentre dentro de las instalaciones del STC, llámese entrada o salida a las estaciones, pasillos, elevadores, andenes, edificios, talleres, clínicas, guardería, deportivo, trenes.

¿QUÉ RESPONSABILIDADES NO SE AMPARAN?

Suicidio demostrado, muerte u otra pérdida causada directa o indirectamente por enfermedades corporales o mentales, ni tampoco cubrirá el suicidio del viajero o cualquier contado del mismo.

¿COBERTURAS?

Muerte:$325,000.00

Gastos Médicos:$307,038.00

Gastos por defunción:$16,824

¿CÓMO ACCEDER AL SEGURO?

La póliza indica el siguiente procedimiento de notificación de siniestros:

a) Medidas de salvaguarda: Al tener conocimiento de un siniestro causado por alguno de los riesgos amparados por esta póliza, el asegurado (El Metro) tendrá la obligación de tomar todas las medidas necesarias que tiendan a prevenir o disminuir el daño. Si no hay un peligro adicional en la demora, pedirá instrucciones a la compañía y se obligará a las que ella les indique.

b) Aviso: El asegurado, salvo circunstancias fuera de su control, tendrá la obligación de comunicar a la compañía por escrito, a más tardar dentro de los 15 días siguientes a partir de que la unidad de Administración de Riesgos del Organismo tenga conocimiento del evento, que pudiera dar lugar a indemnización.

c) El asegurado deberá presentar a la compañía documentos, información y reportes, estará obligado a comprobar con exactitud de su reclamación y todas y cada una de las partidas que estén consignadas en la misma

En lo que va de esta administración se han presentado tres accidentes, el más reciente el colapso en la Línea 12.

El Reglamento de la Ley de Movilidad establece que todo vehículo o sistema de transporte de pasajeros, sea público o concesionado, debe mantener vigente un seguro de responsabilidad civil por daños y perjuicios que puedan causarse a los usuarios o terceros.




cj