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TE EXPLICAMOS Lo que debes de saber sobre el reparto de utilidades 2021

El reparto de utilidades es “un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón"

Escrito en DINERO el

¿Ya estás esperando tus utilidades? Te contamos todo lo que debes de saber sobre ellas, pues es unas de las prestaciones más esperadas por los asalariados mexicanos, al ser un ingreso extra que ayuda a enfrentar los gastos de mitad de año. 

Para empezar, según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) el reparto de utilidades es “un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado”, por lo que no hay excusa de que no puedas recibirlas.

Y de lo contrario, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, si el trabajador no recibe su reparto de utilidades o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.

¿CÓMO AFECTÓ LA REFORMA AL OUTSOURCING AL REPARTO DE UTILIDADES?

Con la reforma al outsourcing las empresas estarán obligadas a repartir el 10% de las utilidades, para ello se establecieron dos modalidades para realizar el reparto de utilidades: hasta 90 días o el promedio de los últimos tres años, lo que resulte más favorable para el trabajador. Los trabajadores que no recibían nada de estas ganancias o un porcentaje muy pequeño, se incrementará a 57 días con la propuesta de obtener 2.6 veces más.

¿CUÁNDO SE REPARTEN LAS UTILIDADES 2021?

En el caso de los trabajadores que laboran para una empresa (persona moral) se debe entregar antes del 30 de mayo, mientras que los trabajadores que lo hacen para una persona física (patrón) la deberán recibir antes del 29 de junio.

Recuerda que el monto que recibirás no es fijo, debido a que se calcula conforme a los días trabajados y el salario que se recibe a la fecha.

Asimismo, de acuerdo con la ley, la compañía debe dar aviso al personal de que se llevará a cabo el reparto de utilidades, pero es perfectamente legal para el trabajador llamar a la empresa donde laboró y preguntar si habrá utilidades.

¿A QUIÉNES LE CORRESPONDEN LAS UTILIDADES?

Los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más durante 2020 y que tengan más de un año en funcionamiento.

El monto repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera de ellas se repartirá por igual entre todas y todos los trabajadores, para lo que se tomará en cuenta el número de días trabajados por cada quien durante el año, independientemente del monto de los salarios. 

La segunda parte se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

El salario se refiere a la cantidad que perciben los trabajadores en efectivo por cuota diaria y no se incluyen factores como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo.

Cuando el salario sea variable, se tomará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el año.

Para los trabajadores de confianza se tomará como salario tope, es decir la base del reparto de utilidades, el resultante de sumar 20 por ciento a la remuneración percibida por el trabajador sindicalizado o de base de más alto salario, elevado al año.

También se tomarán en cuenta como días laborados aquellos en que se justificaron incapacidades temporales por riesgo de trabajo; periodos prenatales y postnatales; descanso semanal, vacaciones y días festivos y permisos, entre los que se encuentran aquellos con goce de sueldo.

¿QUIÉNES NO RECIBEN UTILIDADES?

Esta prestación no es aplicable para personas que se encuentren por honorarios, como para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos, ya que no tienen una relación subordinada con el patrón.


MJP