El reparto de utilidades es un derecho del trabajador contratado por una empresa (persona moral) o para quien trabaja con una persona física, siempre y cuando haya tenido utilidades en el ejercicio fiscal 2018.
Para quienes trabajan para personas morales (empresas), la entrega de utilidades en 2019 debe realizarse entre el 1 de mayo y 30 de mayo; y para quienes trabajan para personas físicas (patrones), la entrega es entre el 1 de abril al 29 de junio.
Pero, si fuiste despedido o renunciaste a tu empleo, ¿aplica el reparto de utilidades?
Sí. El cálculo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) se realiza sobre el tiempo laborado y es independiente de la causa por la que el empleado dejó de trabajar en la empresa, siempre que haya sido por un periodo mayor a 60 días.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la compañía debe dar aviso al personal de que se llevará a cabo el reparto de utilidades, pero es perfectamente legal para el trabajador llamar a la empresa donde laboró y preguntar si habrá PTU.
¿Qué hacer si no te dan utilidades?
En principio, hay que contactar de manera directa a la empresa y verificar que no haya alguno de los casos de excepción de PTU. Si está legalmente obligada, el empleado puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), para solicitar asesoría e iniciar una revisión mediante una junta local o federal de Conciliación y Arbitraje.
Recomendaciones para usar PTU
- Liquida deudas, especialmente aquellas con intereses altos.
- Destina una parte a inversiones en proyectos de emprendimiento o beneficios duraderos.
- Ahorra al menos la mitad para gastos futuros como las inscripciones escolares, fondo de emergencia o pago de mantenimientos.
AJ