A partir de este 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cobrará impuestos por depósitos que se hagan en efectivo.
El impuesto a pagar se calcula multiplicando el importe de los depósitos en efectivo que sea mayores a 15 mil pesos, la tasa a cobrar será del 3%.
Pero hay algunos casos en donde no aplicará este impuesto, éstos son cuando los depósitos sean hechos por otros medios distintos al efectivo, como cheques o transferencias electrónicas. Tampoco aplicará a los depósitos que sean menores a 15 mil pesos.
Este impuesto deben pagarlo tanto las personas físicas como morales por los depósitos que se hagan en efectivo, esto aplica para moneda nacional como extranjera, a cualquier tipo de institución financiera.
MÁS SOBRE EL IMPUESTO A DEPÓSITOS EN EFECTIVO
Este impuesto será recaudado por los bancos y otras instituciones del sistema financiero, quienes tienen la obligación de expedir las constancias por las recaudaciones hechas.
Es importante mencionar que el IDE retenido puede acreditarse sobre: pagos mensuales de ISR, y retenciones de ISR, o compensarse contra otras contribuciones federales, e incluso, solicitar devolución cubriendo ciertos requisitos.
Por ejemplo, si haces un depósito en efectivo por 16 mil pesos, se te cobrará un impuesto del 3%. Así aplicará para los que sean mayores a la cantidad establecida.
El Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) es un impuesto que grava el excedente de los depósitos en efectivo que superen los 15,000.00 pesos; entró en vigor a partir de julio del 2008 como parte de los paquetes de la Reforma Fiscal propuesta por el Ejecutivo, en ese entonces encabezado por el presidente Felipe Calderón Hinojosa. Finalizó el 1 de enero de 2014.