Main logo

¿Recibiste un préstamo? Evita que el SAT lo considere como un ingreso

Es recomendable que los contribuyentes que reciban depósitos por préstamos o donativos declaren al SAT dichos ingresos para evitar discrepancias fiscales

Escrito en DINERO el

Para el SAT, todos los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente que no correspondan a registros de su contabilidad que está obligado a llevar, son ingresos y valor de actos o actividades, por los que se deben pagar contribuciones.

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales presumirán de lo anterior salvo que se pruebe lo contrario. Para acreditar que los depósitos observados en la cuenta bancaria del contribuyente corresponden a préstamos se puede recurrir a un contrato de mutuo simple o con interés, el cual debe estar adminiculado además con otras probanzas que acrediten su materialidad, entre otros, con los recibos o estados de cuenta bancarios de la persona.

Para demostrar a la autoridad fiscal que no se trata de un ingreso, el contribuyente deberá presentar:

-Estados de cuenta

-Papeles de trabajo

-Copia del recibo en donde se especifique el monto y la cuenta de donde proviene el depósito, forma de pago, el número de cheque o reporte de transferencia, número y nombre de la cuenta bancaria abierta a su nombre.

Una lanita de más

Los contribuyentes están obligados a informar, en la declaración anual, sobre los préstamos, los donativos y los premios, siempre que en lo individual o en su conjunto excedan de 600 mil pesos.

Por ejemplo, si el contribuyente obtiene un préstamo de 450 mil pesos de alguna institución financiera y recibe un donativo de 200 mil pesos de un familiar, debe declararlos.

De acuerdo con el sitio El Contribuyente, es recomendable que los usuarios que reciban depósitos por préstamos o donativos, declaren al Servicio de Administración Tributaria (SAT) los ingresos mencionados. Esto se debe a que la autoridad fiscal puede presumir que se trata de ingresos por los que se tiene que pagar ISR.

La Ley del ISR establece que los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente, que no correspondan a registros de su contabilidad cuando esté obligado a llevarla, son ingresos y valor de actos o actividades por los que se deben pagar contribuciones.

Consideraciones

Ingresos por préstamos

Préstamos de familiares, amigos o instituciones, están exentos de impuestos. Pero es necesario que el contribuyente los acredite y manifieste como dato informativo, en la declaración anual, cuando excedan de 600 mil pesos. Si el contribuyente olvida informar sobre este tipo de ingresos, es muy probable que no tenga manera de comprobar su origen cuando la autoridad revise los ejercicios de años anteriores.

Para amparar la procedencia de los préstamos, el contribuyente puede celebrar contratos con terceros cuando los reciba, e informar de los ingresos aunque el monto no rebase los 600 mil pesos. Cuando rebase este monto es recomendable que se celebre ante corredor público.

Ingresos por donativos

En el caso de las donaciones que el contribuyente haga o le haga su cónyuge y las que realice con sus descendientes o ascendientes en línea recta (entre padres e hijos), cualquiera que sea el monto, están exentas de impuestos, pero también las tiene que informar cuando excedan de 600 mil pesos.

En la práctica, los papás apoyan a los hijos y les dan dinero en efectivo, mediante una transferencia o con un cheque. Pero en cualquier caso, el contribuyente debe tener la documentación bien clara, para justificar el parentesco y celebrar un contrato de donación. En este documento, una persona identificada como donante transmite a otra registrada como donatario la propiedad de uno o varios bienes de forma gratuita.

En caso de que al contribuyente se le haya pasado informar sobre estos ingresos en la declaración y no tenga un contrato, tendrá que acudir con un notario para que formalice el donativo. Y deberá presentar una declaración complementaria. Lo importante es que todo se haga en la oportunidad precisa, porque a futuro suele ser más complicado y costoso.

 

 

 

 

 

 

cj