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Ni una semana y ya van 50 amparos por ley de hidrocarburos

La Cámara de Comercio de EU en México previó que se presentarán muchos más amparos ; la Cofece inició investigación en mercado de suministro de energía

Escrito en DINERO el

Apenas han pasado tres días de la publicación de la reforma a la Ley de Hidrocarburos y hasta la fecha se han generado al menos 50 amparos de empresas afectadas, de acuerdo con la Cámara de Comercio Internacional (ICC) México.

Claus von Wobeser, presidente de ICC México previó que habrá más amparos contra la ley que entró en vigor este martes.

“En relación con los amparos, ya hay 50 pero vamos a ver más en los próximos días y seguro habrá muchos”, dijo.

"Para generar inversiones se requiere certeza jurídica, que haya certeza clara en las reglas del juego y que eso no se cambie", dijo Von Wobeser.

El directivo agregó que las empresas extranjeras tienen la posibilidad de acudir a paneles internacionales dentro de los acuerdos comerciales de México, pero que esto llevará más tiempo y primero se debe resolver el tema de los amparos y la controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) que podría dejar sin efectos a la nueva ley.

El 4 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos. Los temas principales de la reforma se refieren a:

-Capacidad de almacenamiento de hidrocarburos

-Negativa ficta en los procedimientos de cesión de permisos

-Contrabando de hidrocarburos

-Suspensión de permisos

-Revocación de permisos en caso de reincidencia de ciertas conductas

Los directivos de la International Chamber of Commerce México dijeron que entienden la preocupación del Gobierno Federal por el contrabando de combustibles y por las alteraciones a los instrumentos de medición de hidrocarburos que han sido prácticas comunes en el país, y coincidieron en la necesidad de fortalecer el marco legal aplicable a las instituciones y autoridades responsables de la supervisión del cumplimiento en esta materia, así como la colaboración interinstitucional.

Sin embargo, se debe tomar en cuenta la importancia y necesidad de la inversión privada y condiciones de competencia, así como dar a los particulares las garantías y seguridad óptimas para sus inversiones.

"Todo fortalecimiento del marco legal aplicable debe realizarse en pleno respeto al Estado de Derecho, incluyendo las garantías constitucionales de certidumbre y seguridad jurídica, al principio de progresividad y al principio de no aplicación retroactiva de la ley", dijeron.

En la ICC México alertaron que en los términos de la reforma:

-Se crea incertidumbre a los permisionarios en cuanto a las obligaciones que deben cumplir al dar una excesiva discrecionalidad a la Secretaría de Energía, sin parámetros establecidos en la ley, para establecer la capacidad mínima de almacenamiento de hidrocarburo

-Incentiva que las autoridades no contesten las peticiones de cesión de permisos o tengan obligación de argumentar las razones por las cuales una solicitud es negada, al sustituir la afirmativa ficta por una negativa ficta

-Genera incertidumbre en cuanto a la duración de la suspensión de un permiso o en cuanto a los motivos de dicha suspensión, ya que se incorporan conceptos como “peligro inminente”, “seguridad nacional”, “seguridad energética” y “economía nacional”, los cuales no solamente son ambiguos, sino que no se encuentran definidos y, por tanto, estarán sujetos a una posible aplicación, quizá arbitraria. De igual forma, la creación de la última de estas causales, como tal, es desde nuestro punto de visto cuestionable.

MIENTRAS TANTO...

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) inició una investigación por posibles prácticas monopólicas relativas en la generación, comercialización al mayoreo y suministro de energía eléctrica y productos asociados, al igual que servicios y actividades relacionadas con este mercado en territorio nacional.

Desde 2014 el marco constitucional, derivado de la reforma energética, permite la participación de empresas públicas y privadas en la generación y suministro (comercialización) de electricidad.

Las prácticas monopólicas relativas son actos, contratos, convenios o procedimientos que realizan uno o varios agentes económicos con poder sustancial y que tienen, o pueden tener, el objeto o efecto de desplazar indebidamente a otros participantes del mercado, impedir sustancialmente su acceso, o establecer ventajas exclusivas a favor de uno o varios agentes económicos.

Ejemplos de estas prácticas son las compras o ventas atadas, exclusividades, la discriminación de precios o de trato, la elevación de los costos a otros agentes económicos y la negativa de trato, entre otras.

La Cofece aclaró que este es un procedimiento independiente y distinto a la controversia constitucional que presentó contra el Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, misma que se centra en cómo las modificaciones legales planteadas en el decreto podrían resultar contrarias a la Constitución.

 

 

 

cj