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Los mensajes de "terror" que envía el SAT

Para que recibas este tipo de mensajes, seguramente incumpliste con alguna obligación fiscal y podrías meterte en problemas con la autoridad

Escrito en DINERO el

El no cumplimiento de una obligación fiscal implica infracción o delito, según sea el caso. La infracción o el delito ameritan una pena para el responsable de los mismos. También cuando una contribución se paga tardíamente han de pagarse recargos por concepto de indemnización al fisco, pero además,  debes tener en cuenta que el hecho de que haya que pagar recargos no elimina la posibilidad de que, además, haya de cubrirse una multa.

De acuerdo con los expertos  de Cultura Fiscal, "el SAT no envía porque sí los mensajes, para que eso suceda antes el contribuyente tuvo que haber caído en incumplmiento".

Lo que debes saber

No cumplir con las obligaciones fiscales trae muchas consecuencias, como por ejemplo:

1.Tu certificado para emitir facturas ha sido cancelado 

2.Tus cuentas bancarias han sido congeladas

3.Uno de tus proveedores aparece en la lista negra del SAT

¿En qué casos el SAT te puede inmovilizar tus cuentas bancarias?

Si bien el Servicio de Atención Tributaria (SAT) tiene la facultad de bloquear las cuentas bancarias de los contribuyentes (personas o entidades que tienen la obligación de pagar un impuesto), esto debe realizarse con apego a la ley.

De acuerdo con el SAT, la inmovilización o congelamiento de cuentas bancarias es un procedimiento en el que se le impide al contribuyente con adeudos fiscales tener acceso a sus recursos depositados en el sistema financiero.

La inmovilización se realiza hasta por el monto de los adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución).

Cancelación de sellos

-El SAT podrá cancelar los sellos de los contribuyentes en las listas negras de empresas fantasma y que no hayan desvirtuado las operaciones.

-Cuando los ingresos declarados e impuestos retenidos no concuerden con los señalados en comprobantes y expedientes del SAT.

-Si el domicilio fiscal no cumple con los requisitos del artículo 10 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

-Si los datos de contacto en el buzón tributario no son correctos.

-Cuando no se desvirtúe  la presunción de transmitir indebidamente pérdidas fiscales.


Listas negras

En la crisis económica actual,  los expertos fiscales advierten es más relevante que nunca que los contribuyentes den seguimiento a las listas negras del SAT para cuidar su liquidez y credibilidad hacia los clientes.

"Hoy en día, no basta con llevar nuestra contabilidad actualizada para ser contribuyentes cumplidos. También necesitamos llevar constancia de la materialidad de nuestras operaciones y evitar cualquier trato comercial con proveedores que estén en problemas con el fisco", dijo.

Para ello, es importante monitorear las listas negras del SAT cada vez que se suben a la red, o bien, incorporar a nuestra operación la tecnología que nos prevenga cada vez que intentemos dar de alta a un proveedor que esté listado.
















cj