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Las 5 estrategias para que empresas den cumplimiento a reglas de T-MEC

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó las claves para que las empresas prevengan y garanticen las normas en materia laboral

Escrito en DINERO el

Luisa María Alcalde, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) presentó cinco estrategias clave para que las empresas prevengan y garanticen las normas en materia laboral que surgen a raíz del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que entra en vigor el próximo 1 de julio

Ello, dentro de un contexto en el que EU ha destapado su intención de llevar disputas con México a un nivel de panel de resolución de controversias Estado-Estado, principalmente por la suspensión de permisos,por parte de las autoridades mexicanas, al uso de biotecnología agrícola y sus productos derivados. 

Diálogo con el sindicato

Todo Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) debe pasar por una consulta entre los trabajadores -en presencia de inspectores laborales de la STPS-, quienes deben recibir un ejemplar físico de dicho documento, publica El Economista.

En caso de que la mayoría de los trabajadores se manifiesten a favor del contrato colectivo, este será legitimado. 

Plazo de 4 años

La autoridad laboral precisó que a partir del 1 de mayo de 2019, fecha en que se publicó la reciente reforma laboral, las empresas cuentan con un plazo de cuatro años para llevar a cabo este proceso de legitimación del CCT.

Alcalde Luján resaltó que una forma proactiva de realizar el proceso es asegurarse de si el sindicato ha modificado sus estatutos, a modo de introducir los nuevos derechos y obligaciones tales como: un voto personal libre, directo y secreto; todo lo referente con la rendición de cuentas de las cuotas; y equidad de género, que abre la puerta para que mujeres tengan mayor participación en las dirigencias sindicales.

Cláusulas de ingreso

Enfatiza la prohibición al establecimiento de cuotas para el ingreso a un sindicato, práctica mantenida en viejos contratos colectivos pero punitiva en la Ley por violar la libertad sindical.

La disposición significa que un trabajador puede crear un nuevo sindicato, además de que no puede ser obligado a pertenecer a una organización del giro.  

No injerir en la vida interna de los sindicatos

De acuerdo con la secretaria del Trabajo, se debe garantizar que ni el supervisor, ni el encargado de área, apoye o desincentive una posible organización nueva. O bien, que se manifieste a favor de un sindicato con el que siempre se ha entendido y al que prefiere. 

Respecto a este tema, se señala la importancia de la capacitación del personal desde abajo hacia arriba.

No temer ni estorbar en procedimientos de recuento

En este caso, se menciona que algunos empresarios, llegar a temer que llegue un nuevo sindicato, por lo que no solo se meten a apoyar al vigente, sino que llevan a cabo un andamiaje jurídico a través de amparos y otros mecanismos que acaban por obstruir la posibilidad de que exista una elección y que pueda haber un recuento entre dos organizaciones para determinar quien cuenta con mayor legitimación.



(djh)