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¿Jugos falsos? Estos cambios en la norma de bebidas los descubrirían

La norma de jugos y néctares ya acabó su proceso y está por concluir el proceso de mejora regulatoria y el trámite de su publicación en el DOF

Escrito en DINERO el

Nuevos lineamientos de la Norma Oficial Mexicana de Jugos de Frutas Preenvasados-Denominaciones (NOM-173) buscan verificar que los jugos, néctares, bebidas frutales o vegetales que se comercializan en el país contengan realmente lo que dicen en sus etiquetas, así lo dio a conocer la Secretaría de Economía.

El director general de Normas de la Secretaría de Economía, Alfonso Guati Rojo explicó que la norma de jugos y néctares ya acabó su proceso y está por concluir el proceso de mejora regulatoria y el trámite de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que esperan que estos nuevos lineamientos se publiquen antes de terminar el año.

De acuerdo con el DOF, el proyecto de modificación a la NOM-173, jugos, agua de coco, néctares, bebidas no alcohólicas con vegetales o frutas, agua de coco o coco, verduras u hortalizas y bebidas no alcohólicas saborizadas-denominación-especificaciones-información comercial y métodos de prueba, cancelará a la NOM-173, jugos de frutas preenvasados-denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba, publicada el 28 de agosto de 2009.

“La nueva NOM-173 tiene por objeto establecer las especificaciones de las denominaciones de producto y la información comercial que debe contener el etiquetado de los productos preenvasados, que son destinados al consumidor final, y que son de fabricación nacional o extranjera, que se comercialicen en territorio nacional con las denominaciones de jugo, agua de coco, néctar y bebidas no alcohólicas con un contenido de vegetal o fruta o agua de coco o coco u hortaliza o verdura, o que estén saborizadas haciendo referencia a sabores de vegetales o frutas, agua de coco o coco u hortalizas o verduras”, detalló el DOF.

El DOF también mencionó que será motivo de sanción el producto cuya naturaleza y composición no corresponda a aquella con que se etiquete, anuncie, expenda, suministre o por no cumplir con las especificaciones descritas en la NOM, aun cuando haya sufrido un tratamiento que disimule dichas circunstancias o bien, que encubra defectos en su proceso o en la calidad sanitaria de las materias primas utilizadas en él.

MJP