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Estas son las compensaciones que una aerolínea tiene que darte si se retrasa o cancela tu vuelo

Si las compañías cancelan el vuelo o te hacen esperar, deberás exigir desde el martes los siguientes privilegios

Escrito en DINERO el

Las nuevas compensaciones para los pasajeros que sean afectados por retrasos y cancelación de vuelos en México entran en vigor este 8 de noviembre.

Por ello, a partir de este martes los pasajeros aéreos tendrán derecho a descuentos, bebidas y alimentos.

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Así como a llamadas telefónicas, uso de Internet, transporte local y hospedaje gratuito en caso de alguna demora en su itinerario marcado en su boleto.

De acuerdo a las modificaciones a las Leyes de Aviación Civil y Federal de Protección al Consumidor, los afectados tienen derecho a ocho compensaciones diferentes; aplicables de acuerdo a las políticas de cada permisionarios o concesionario.

La norma establece que las retribuciones son una obligación para las empresas aéreas desde la primera hora de retraso.

Y determina que, en el ámbito de sus competencias legales, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) impondrá las sanciones correspondientes; mismas que aplican de forma independiente de las compensaciones que reciban los pasajeros.

Compensaciones generales

El decreto, publicado el 26 de junio pasado en el DOF, determina que:

En caso de que el retraso sea superior a una hora e inferior a cuatro, las aerolíneas deberán incluir –como mínimo– descuentos en vuelos posteriores hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas. 

Si el retraso es superior a dos horas e inferior a cuatro, los descuentos incluidos no podrán ser menores a 7.5% del precio del boleto.

Cuando la tardanza llega cuatro horas o más; además de lo anterior, el pasajero recibirá una indemnización equivalente al precio del boleto o trayecto de vuelo afectado; así como transporte sustituto y alojamiento en caso de requerirse; y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto. 

Pero, si el vuelo se cancela por responsabilidad atribuible al concesionario o permisionario, éste último, a elección del pasajero, deberá:

a) Reintegrar el precio del boleto o billete de pasaje; o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje.

b) Ofrecer transporte sustituto en el primer vuelo disponible; y proporcionarle, como mínimo y sin cargo, acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos; además de alimentos, alojamiento en un hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando haya que pernoctar. Y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.

c) Transporte, en una fecha posterior que convenga al pasajero, hacia el destino respecto del cual haya sido cancelado el vuelo.

En los casos marcados por los incisos a) y c), la aerolínea deberá cubrir –además– una indemnización al pasajero afectado que no será inferior a 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.


Compensaciones específicas

Como lo determina el decreto, las compensaciones específicas por retrasos y cancelación de vuelos estás determinadas de acuerdo a las políticas de cada aerolínea; las cuales están registradas ante la autoridad competente.

De acuerdo a lo anterior, los puntos siguientes son parte de las compensaciones –determinadas por cada empresas–, aplicables a partir de este martes:

Interjet otorga una botella de agua a sus pasajeros, desde la primera hora de retraso. Si la demora es mayor a dos horas e inferior a cuatro, el pasajero recibirá un cupón de alimentos y bebidas; válido en los restaurantes del aeropuerto que indique la empresa.

En materia de descuentos, Interjet señala que, si el retraso es superior a dos horas e inferior a cuatro; el pasajero documentado recibirá una compensación equivalente a 100% de la tarifa para un vuelo sencillo, en su próximo viaje. Los impuestos corren a cargo del beneficiario.   

Aeroméxico ofrece un descuento de 5% en la compra de otro boleto, en la misma ruta, si el vuelo se retrasa de una a dos horas; y de 7.5% cuando la demora alcanza de dos a cuatro horas.

Volaris otorga un descuento de 50 pesos en la compra de otro pasaje, en la misma ruta, durante la primera hora de tardanza; y de 250 pesos en periodos de dos a cuatro horas; o un voucher electrónico de 7.5%, si valor del billete supera esos 250 pesos. (Publimetro)